Con el objetivo de regular el trabajo a distancia o home office, este jueves se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva norma que vela por el bienestar de los trabajadores que hacen sus labores en lugares distintos a su centro de trabajo.

La NOM-037-STPS-2023, “Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo”, aplica para las empresas cuyo personal labore más de 40% de su tiempo en la modalidad de teletrabajo.

Entre las disposiciones que más resaltan de la norma se encuentra que los patrones deben proveer al trabajador una silla ergonómica, así como aditamentos ergonómicos en caso de ser necesario.

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Asimismo, la norma —la cual entrará en vigor desde diciembre, al cumplir los 6 meses desde su publicación— establece que los empleadores también deberán sufragar el pago proporcional del consumo del internet y de la energía eléctrica que se empleen en el trabajo, así como de la computadora, tableta, teléfono celular inteligente o impresora a utilizar, además de la tinta que se requiera para realizar el home office.

El derecho a la desconexión queda reconocido en la norma y se establece que se debe cumplir con los tiempos de la jornada laboral y que no se debe participar en reuniones o hacer uso de equipos de cómputo o similares en vacaciones, permisos ni licencias.

Tu espacio para home office debe ser seguro

La norma del home office también señala que el trabajador debe contar con un lugar adecuado y seguro ante agentes físicos y factores de riesgo ergonómico y psicosocial. Incluso, ejemplifica que el trabajador debe tener en su espacio de trabajo ventilación e iluminación. Esta parte podrá comprobarse con fotos o videos.

Finalmente, la nueva norma también vela por la seguridad del trabajador en caso de violencia en el hogar, ya que de presentarse el caso, la nueva norma exige el establecimiento de protecciones especiales.

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