Ayer, el ministro de la Suprema Corte de justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá, desechó la controversia constitucional que interpuso el Congreso de Tamaulipas para defender su facultad de que les corresponde decidir si le retiran o no el fuero al mandatario Francisco García Cabeza de Vaca, pero ¿qué significa esto?

Forbes México habló con el abogado constitucionalista Francisco Burgoa, quien explicó que con el acuerdo publicado ayer el mandatario de Tamaulipas sigue conservando su fuero constitucional, por lo que no puede ser juzgado por las autoridades judiciales por los delitos de defraudación fiscal, delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

“El ministro dice que es improcedente esta demanda de controversia constitucional, porque el Congreso de Tamaulipas realizó sus facultades conforme lo mandata la Constitución federal y de Tamaulipas. Dado que el Congreso de Tamaulipas no impugnó lo que hizo la Cámara de Diputados, entonces no hay motivo de controversia, lo que se traduce en que el gobernador de Tamaulipas sigue conservando su fuero hasta que concluya su cargo de gobernador, que será el próximo año”, dijo.

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Al ser cuestionado sobre qué sigue, señaló que Cámara de Diputados -donde Morena impulsó retirarle el fuero constitucional a García Cabeza de Vaca- ya no puede hacer nada.

Además, mencionó que la Fiscalía General de la República (FGR) no debe solicitarle a un juez en materia penal girar una orden de aprehensión para detener al gobernador de Tamaulipas, ya que el mandatario sigue teniendo fuero.

“Ya no tenderá que seguir nada, porque la Cámara de Diputados ya hizo lo que tenía que hacer, que es llevar a cabo una sesión en donde emitió la declaratoria de procedencia que es con efectos de comunicarle al Congreso de Tamaulipas, y el Congreso de Tamaulipas decidió conservarle (al gobernador) la inmunidad procesal”, enfatizó.

Dijo: “esto debe ser el fin de este asunto. No quiere decir que ya se absolvió al gobernador, simplemente se tendrá que esperar la FGR a que concluya su cargo el gobernador y en ese momento continuar con el proceso penal; (es decir), solicitar la orden de aprehensión, porque ya no tendría fuero”.

Agregó que este caso marca un precedente en la historia del país, porque nunca antes se había llevado acabo un proceso para retirarle el fuero a un gobernador, aunque e hubo un caso similar que es el de Andrés Manuel López Obrador, cuando era jefe de gobierno del entonces Distrito Federal en 2004 y 2005.

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“Es un caso inédito; sí va a sentar un precedente en el sentido de hacerle ver a todas las personas que cuando se trate de procesar a algún gobernador por algún delito federal, la Cámara de Diputados solo podrá estar emitiendo esta declaratoria para efectos de comunicarle a los congresos locales”, señaló.

Explicó que si el recinto legislativo de San Lázaro decide retirarle el fuero a otro mandatario, serán los congresos locales quienes tendrán la última palabra; es decir, los diputados locales decidirán si procede o no el desafuero.

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