El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) desestimó una multa en contra de Teléfonos de México (Telmex), propiedad del magnate Carlos Slim, al resolver un procedimiento administrativo.

No obstante, el pleno del IFT no absolvió a Telmex de un incumplimiento, sino más bien determinó que, con base en las pruebas y defensas aportadas en el expediente, no fue posible entrar al análisis del fondo de la conducta imputada, ni concluir sobre el incumplimiento y, en consecuencia, la imposición de una sanción.

El IFT revisó el expediente E-IFT.UC.DG-SAN.I.0041/2018 y su acumulado E-IFT.UC.DG-SAN.I.0075/2019, en los cuales se investigó si Telmex estaba incumpliendo la medida de tener que compartir en un sistema electrónico información de su infraestructura, para que la pudieran consultar otras empresas del sector.

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En una sesión celebrada el 9 de diciembre pasado, pero notificada hasta hoy, el IFT resolvió que no era posible imponer una multa a Telmex.

“Es oportuno señalar que cada asunto debe ser analizado en sus méritos a partir de la evidencia, imputaciones, pruebas y defensas que se aportan en el procedimiento y que forman parte del expediente respectivo. En este sentido, el expediente resuelto en este procedimiento es significativamente diferente del analizado y votado en enero de 2020 en el que se le impuso una multa a Telnor, filial de Telmex”, apuntó el órgano regulador de las telecomunicaciones en el país.

En un comunicado de prensa, el IFT aseguró que su fallo está técnica y jurídicamente fundamentado, y que se condujo con apego al Estado de derecho.

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