Al considerar que los amparos fueron solicitados de manera prematura debido a que la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones aún no impacta a los usuarios de telefonía móvil, un juez federal desechó 53 demandas de amparo contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

“En este momento, la ley tiene una peculiaridad derivada de su régimen transitorio, que conduce a considerar que durante el mismo, se está ante una norma heteroaplicativa”, detalló Rodrigo de la Peza López, juez primero de Distrito en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.

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El juez abundó que hasta el momento, los concesionarios de telefonía móvil no tienen el marco jurídico necesario para recabar los datos de sus clientes pues el Instituto Federal de Telecomunicaciones aún no emite las disposiciones generales para la operación del padrón.

“Los concesionarios enfrentan en este momento una imposibilidad jurídica para recabar esos datos de sus clientes, pues para ello, deben utilizar medios digitales y medios remotos, que garanticen la veracidad e integridad de la información”, puntualizó.

Hace una semana, Juan Pablo Gómez Fierro, juez primero de Distrito en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó al menos de 8 amparos contra el padrón de telefonía móvil al considerar que no es necesario y pone en riesgo la privacidad de los usuarios.

Políticos opositores y activistas han rechazado la creación del padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil con datos biométricos al considerar que es innecesario y constituye un riesgo para la privacidad de los mexicanos.

En contraparte, el presidente Andrés Manuel López Obrador y su gobierno han defendido la medida para tener un mayor control en la venta de chips, ya que éstos son utilizados indiscriminadamente por delincuentes en el país.

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