La polémica Ley de Seguridad Interior quedó aprobada tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados en menos de 24 horas. El ordenamiento recibió en los últimos días observaciones de instancias nacionales e internacionales, así como de organizaciones de la sociedad civil, que alertaban riesgos e inconsistencias. En su función de Cámara revisora, el Senado realizó nueve cambios y agregó un artículo transitorio a la minuta que recibió de San Lázaro; en el pleno, la discusión comenzó anoche y se alargó toda la madrugada hasta que fue aprobada en lo general y lo particular. Enseguida, la ley fue enviada a los diputados, quienes en un trámite fast-track aprobaron las modificaciones y la enviaron al presidente Enrique Peña Nieto para su promulgación. Lee también: Diputados ratifican Ley de Seguridad Interior en menos de una hora Estos son los cambios que realizaron las comisiones dictaminadoras del Senado, a pesar de los cuales la ley continúa recibiendo críticas. Artículo 1 Se precisó que las disposiciones de la ley son de Seguridad Nacional en términos de lo dispuesto por la fracción XXIX-M del artículo 73 y la fracción VI del artículo 89 de la Constitución en materia de seguridad interior. Artículo 7 Se agregó que los actos realizados por las autoridades con motivo de la aplicación de la ley deberán “respetar, proteger y garantizar” en todo momento y, sin excepción, los derechos humanos y sus garantías, de conformidad con lo dispuesto “por la Constitución y los tratados internacionales” y los protocolos emitidos por las autoridades correspondientes. Artículo 8 Se precisó que las movilizaciones de protesta social o las que tengan un motivo político-electoral que se realicen “de conformidad con la Constitución”, bajo ninguna circunstancia serán consideradas como amenazas a la seguridad interior, ni podrán ser materia de declaratoria de protección a la seguridad interior”. Se eliminó la palabra “pacíficamente”, ya que decía “… que tengan un motivo político-electoral que se realicen pacíficamente de conformidad con la Constitución”. Artículo 10 Se determinó que la aplicación supletoria de las leyes de Seguridad Nacional y General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, serán en términos de sus competencias. Artículo 16 Respecto a los casos en que las amenazas a la seguridad interior representen un grave peligro a la integridad de las personas o el funcionamiento de las instituciones fundamentales de gobierno, se agregó en el artículo que el Presidente de la República “de acuerdo a sus facultades” podrá ordenar acciones inmediatas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, incluidas las Fuerzas Federales y las Fuerzas Armadas. Artículo 21 Se estableció que los grupos interinstitucionales que coordinen los militares estarán sujetos a lo dispuesto por el artículo 19 de la misma ley y a las disposiciones reglamentarias del Ejército y la Marina, a fin de evitar la inconstitucionalidad de funciones que correspondan directamente a la autoridad civil, y en todo caso, señalar que las Fuerzas Armadas actúan como coadyuvante de la autoridad civil y bajo su coordinación. Artículo 22 Se agregó: “Cuando la amenaza no requiera la intervención de las Fuerzas Armadas, el Presidente designará a la autoridad civil que corresponda a propuesta del Secretario de Gobernación”. Artículo 26 Se añadió que las funciones que realicen las autoridades federales y las Fuerzas Armadas deben llevarse a cabo “en el ámbito de sus competencias de acuerdo con la Constitución y las leyes aplicables”. Artículo quinto transitorio Se señaló que dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor de la ley, las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales en los que se estuvieren realizando acciones que puedan ser materia de una declaratoria de protección, podrán solicitar la declaratoria correspondiente. Pese a los cambios, legisladores, ciudadanos e instancias como la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos en México lamentaron la aprobación de la ley. No te pierdas: ONU considera ‘lamentable’ el aval a Ley de Seguridad Interior Alfredo Lecona, activista e integrante del colectivo Seguridad Sin Guerra, calificó las modificaciones de maquillaje. “Maquillaron tantito al monstruo. En serio nos creen IDIOTAS”, tuiteó cuando los cambios fueron presentados en comisiones.

 

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