Con el fin de proteger la salud de la población del Valle de México, la Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que continuarà la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono.

“Se recuerda a la población mantenerse informada sobre la calidad del aire y evitar hacer ejercicio en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas”, alertó la comisión. 

A través de un comunicado de prensa, el Sistema de Monitoreo de la Calidad del Aire de la Ciudad de México indicó que aún se observa “la presencia de un sistema de alta presión sobre la porción central del país”.

Ante este hecho, señaló que se prevé que el estancamiento de los contaminantes precursores del ozono será suficiente para provocar de “Mala a Muy Mala” calidad del aire, además, añadió que esta condición será impulsada por la intensa radiación.

“Las temperaturas máximas se pronostican entre 28 y 29 grados Celsius”, indicó la dependencia.

Restricciones al transporte 

Respecto a las restricciones en el transporte del Valle de México, la Comisión Ambiental informó que este domingo se suspende la circulación, entre las 5:00 y 17:00 horas. 

Dicha indicación incluye vehículos de uso particular con holograma de “verificación 2”, así como todo vehículo de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito ​sea 2, 4, 6, 8 y 0.

La institución añadió también a estos vehículos:

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0,engomado ​azul, terminación de placa 9 y 0 .

Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, ​de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o ​con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos ​que portan holograma 2.

Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques ​estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de ​matrícula sea PAR.

Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 ​horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de ​Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.

Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de ​​circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2) y 3), les aplicará ​​la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Por otro lado, respecto a las extensiones, la dependencia señaló que los vehículos que porten el engomado “00” o “0” vigente, sin importar el uso y entidad federativa podrán circular sin ninguna restricción. 

“Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica”, informó la institución.

Además, los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por el Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten y con la finalidad de apoyar la movilidad de la población. 

Estás son otras exenciones, según la institución:

  1. Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  2. Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular, si cuentan con engomado diferente al color azul y terminación de placa 9 y 0.
  3. Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  4. Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  5. Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  6. Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  7. Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  8. Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  9. Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  10. Las motocicletas están exentas de la Fase I.

Mientras tanto, la Comisión Ambiental de la Megalópolis indicó que estará atenta a la calidad del aire y a la evolución de las condiciones meteorológicas y que informará en un boletín que se emitirá el día de hoy, a las 15:00 horas.

La dependencia informó que su Índice AIRE Y SALUD se puede consultar en la siguiente página web: www.aire.cdmx.gob.mx y en la aplicación AIRE, que se encuentra disponible para dispositivos iOS, Android y otros.

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