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Estas son las 30 promesas de los negocios 2024
Vamos por un cuarto mes de la administración morenista comandada por el presidente López Obrador, y así como supuestamente por una Cuarta Transformación, pensando como las tres primeras la Independencia nacional, la guerra de Reforma y su consecuente separación de la Iglesia y el Estado y la Revolución Mexicana como tercera, siendo de esta de la cual se desarrolla el sindicalismo mexicano. Conviene recordar que dos conflictos laborales fueron semillas importantes de lo que unos pocos años después sería nuestra Revolución, y estos conflictos serían las huelgas de Cananea y Río Blanco en 1906 y 1907 respectivamente, por lo cual el resultado natural revolucionario sería una nueva Constitución Política que velaría por los intereses de todos los mexicanos, y la primera del mundo de carácter social, fueron los primeros pasos y conquistas de los trabajadores al plasmar en su artículo 123 los derechos de los trabajadores, entre los que destaca la libertad sindical. En 1918 estrenando el ejercicio de la entonces nueva Constitución, nace la primera central de trabajadores que aglutinaría básicamente a los trabajadores y organizaciones que conformaban la histórica Casa del Obrero Mundial, pero ahora con carácter de Confederación de Trabajadores legalmente constituida, bajo el liderazgo de Luis Napoleón Morones, cien años después es otro Napoleón el que viene con la promesa de la reivindicación del sindicalismo nacional, proponiendo con esto no una cuarta sino una primera trasformación a la manera de hacer sindicalismo, y esto lo anuncia junto al nacimiento de la Confederación Internacional de Trabajadores. Hemos vivido ya más de cien años de hacer sindicalismo con la misma fórmula, y como resultado tenemos un sindicalismo debilitado, con mala fama y con muy poca actividad en cuanto a su presencia en la auténtica negociación colectiva, un sindicalismo que se ha alejado en su mayoría de los trabajadores y ha creado fuertes vínculos con las cúpulas de poder político, dando origen al sindicalismo corporativo, por no llamarlo “charro”. Basta con recordar que el primer líder de la CROM, Luis N. Morones, fue a su vez parte del gabinete de Plutarco Elías Calles, teniendo el cargo de Secretario de Industria y Trabajo, o que la Confederación de Trabajadores de México nace en 1936 a solicitud del presidente Lázaro Cárdenas  o la Confederación Revolucionaria Obrero Mexicana que nace en 1952, por el cansancio de la pasividad de las centrales obreras poco exigentes ante el estado, y poco tiempo después engrosa las filas del Partido Revolucionario Institucional. En México hemos tenido una triste vida sindical, en su mayoría como vemos alejada de los trabajadores, que tiene como costumbre llenar sus discursos de llamamientos a la defensa de la “libertad sindical”, pero que sin embargo anula todos y cada uno de los elementos de la misma, como lo son la libre sindicación, que la Ley Federal del Trabajo anula con la cláusula de exclusión al exigirle a los trabajadores la afiliación a los sindicatos titulares de los contratos colectivos de trabajo como requisito previo para su contratación, lo cual también atenta contra el segundo elemento que es la pluralidad sindical, misma que no se hace efectiva por no tener el trabajador la libertad de agremiarse a un sindicato de entre varias alternativas, y por último el control de Estado que se ha ejercido sobre los sindicatos con la toma de nota que expiden las autoridades que si bien, es solo un registro de mero carácter declarativo, cobra carácter constitutivo al depender del mismo para poder ejercer derechos tan esenciales como el de huelga o el de contratación colectiva,  esenciales para un sindicato. No es importante que nazcan nuevas centrales sindicales, si no nacen con ellas nuevas formas de sindicalismo, la reforma constitucional de febrero de 2017 hace énfasis ya no sólo en la representación que ejercen los sindicatos que tiene mero carácter civilista al poderla ejercer con la toma de nota, sino observa poder acreditar la representatividad, teniendo como claro objetivo eliminar los contratos colectivos de protección empresarial, que son meros acuerdos entre  líderes sindicales y patrones a espaldas de los trabajadores, pero para eso necesitamos urgentemente que esas reformas constitucionales aterricen en su ley reglamentaria, la Ley Federal del Trabajo.   Contacto: Correo: [email protected] LinkedIn: valente-quintana Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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