El ministro Javier Laynez propondrá al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarar la invalidez de la segunda parte del “plan B” electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador, el cual contiene cambios a la estructura orgánica del Instituto Nacional Electoral (INE), reduce los salarios de los consejeros, elimina fideicomisos y pone nuevas reglas para los partidos políticos.

En comunicado, el máximo tribunal constitucional señaló que la invalidez es procedente porque durante la aprobación de estas reformas, el Congreso de la Unión incurrió en múltiples violaciones graves al procedimiento legislativo, las cuales “son suficientes para invalidar la totalidad del decreto impugnado, lo que es congruente con la doctrina jurisprudencial que la Corte ha sostenido en más de 30 asuntos y que recoge los requisitos mínimos para que un proceso legislativo sea válido”.

Además, el proyecto considera que todas las violaciones acreditadas en la primera parte de este paquete de reformas —el cual fue declarado inválido— también se actualizan en este caso, porque ambos decretos compartieron el mismo proceso legislativo, como no presentar justificación para el trámite de las iniciativas y que los diputados no tuvieron un “plazo razonable” para discutir las reformas.

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“La Cámara de Diputados jamás expuso razones para justificar el trámite urgente de las iniciativas; los legisladores no tuvieron oportunidad de conocer las propuestas porque no se publicaron ni se distribuyeron con la anticipación exigida por el Reglamento de la Cámara de Diputados y, lo más importante, tampoco gozaron de un plazo razonable para conocer lo que estaban votando, pues en total se trataba de reformas a más de 500 disposiciones que nunca fueron dictaminadas, que presentaron en el momento de iniciar la sesión (11:04 de la noche) y que se aprobaron en tan solo cuatro horas”, argumenta Laynez en el documento que será discutido en la SCJN.

En el caso de la segunda parte de la reciente reforma electoral, el ministro destaca violaciones adicionales graves al proceso legislativo que no habían sido planteadas en la primera parte, como que la iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria fue sustituida por una versión modificada cuando ya se discutía en el pleno de la Cámara de Diputados, sin que se diera cuenta de la sustitución ni de las modificaciones a los legisladores.

También señala que las Cámaras modificaron artículos del proyecto de decreto que ya habían sido aprobados por ellos en sesiones anteriores, cuando el artículo 72, inciso E, de la Constitución federal prohíbe tajantemente que se revisen los preceptos ya aprobados por ambas Cámaras.

“El proyecto concluye que todas estas violaciones en su conjunto mermaron gravemente la posibilidad de los legisladores federales de participar de forma activa e informada en la deliberación de las normas sometidas a votación y, por ende, son suficientes para invalidar la totalidad del decreto impugnado”, se consigna en el decreto, el cual fue informado en comunicado.

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