Las sucursales del Banco del Bienestar que el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador construya y ponga en operación en la Ciudad de México estarán exentas de algunos trámites como el de factibilidad de servicios hidráulicos por parte del Sistema de Aguas y la autorización de impacto ambiental por parte de la Secretaría del Medio Ambiente.

Así lo determinó la Jefatura de Gobierno, a cargo de Claudia Sheinbaum, mediante el “Acuerdo por el que se otorgan facilidades administrativas para la realización de obras y/o actividades públicas para el banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en la Ciudad de México”, publicado este miércoles en la Gaceta Oficial y que estará vigente el resto del año.

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En la publicación se determina que “los proyectos susceptibles de obtener autorización en materia de impacto ambiental, en cualquiera de las modalidades que al efecto indique la ley de la materia, quedarán exentos del mismo” y “se instruye al Sistema de Aguas de la Ciudad de México para que haga las acciones necesarias para l exención del trámite de Factibilidad de Servicios Hidráulicos para la construcción de las sucursales del Banco del Bienestar”.

El gobierno capitalino justifica la exención de trámites para el Banco del Bienestar con el argumento de que “es el principal dispersor de recursos de Programas Sociales del Gobierno Federal, lo que se traduce en una banca social en beneficio de los grupos de atención prioritaria, motivo por el cual es necesaria su presencia en las localidades más distantes y de alta marginación del país, incluida la Ciudad de México”.

Para el caso del trámite de la autorización de impacto ambiental, el gobierno federal a través de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), encargada de la construcción de las sucursales del Banco del Bienestar, solamente tendrá que registrar los proyectos en un portal de la Secretaría del Medio Ambiente, presentar el plan de manejo de residuos de la demolición y construcción (cascajo) y entregar el formato de afectación de arbolado, área verde o permeable.

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“Todos aquellos proyectos que cumplan con lo dispuesto en el presente acuerdo se considerarán autorizados o regularizados en materia urbana y de impacto ambiental, por lo que podrán iniciar la ejecución inmediata de obras”, instruye el acuerdo emitido por Sheinbaum, quien la semana pasada inauguró tres sucursales del Banco del Bienestar en compañía del presidente López Obrador en las alcaldías de Gustavo A. Madero, Iztapalapa y Tláhuac.

Para los casos en los que las sucursales requieran de nuevas conexiones para dotar de los servicios hidráulicos, cambio de diámetro de las tomas de agua o derivaciones de las tomas generales en predios donde ya existan servicios de agua potable, se otorgarán las facilidades necesarias tras presentar la solicitud por escrito del servicio, formatos requisitados y el comprobante de pago de derechos o aprovechamiento.

En el acuerdo emitido se aclara que las exenciones de trámites para la construcción de sucursales del Banco del Bienestar serán aplicables “siempre y cuando esté permitido el uso del suelo en la zonificación que le aplique al predio, de acuerdo con los Programas de Desarrollo Urbano correspondientes o, en su caso, sea factible conforme la legislación aplicable. Asimismo, el Banco del Bienestar realizará las gestiones necesarias ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México para obtener el certificado único de zonificación de uso de suelo”.

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También se permite colocar publicidad en los predios donde se construirán sucursales del Banco del Bienestar. “Con la finalidad de publicitar los servicios que presta y hacer del conocimiento a la población su ubicación, se instruye a las dependencias competentes para que realicen las acciones necesarias para que el Banco del Bienestar instale anuncios denominativos de las sucursales ubicadas en vías primarias y/o en Área de Conservación Patrimonial, siempre y cuando informe previamente a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda su ubicación, el tipo y características de los materiales, estructura e iluminación”.

En el artículo octavo del acuerdo se menciona que “en caso de incumplimiento a la normativa aplicable, se procederá con las sanciones, medidas de integración urbana, prevención, mitigación y compensación que al efecto señalen las dependencias correspondientes, en el ámbito de sus respectivas competencias.

 

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