La iniciativa privada presentó un recurso amicus curiae ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para acompañar la impugnación del acuerdo que blinda las obras prioritarias del presidente Andrés Manuel López Obrador al considerarlas como un asunto de seguridad nacional.

De acuerdo con Fernando Martes, coordinador de Derechos Humanos de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (ANADE), el amicus curiae no tiene el objetivo de “frenar” el Tren Maya, la refinería de Dos Bocas ni las otras obras de infraestructura del gobierno de López Obrador, sino que cumpla con las leyes ambientales y se permite conocer cómo se gasta el dinero de los contribuyentes mexicanos.

“La pretensión no es entorpecer ninguna obra ni ningún proyecto en particular, sino la intención es que el Poder Ejecutivo, el resto de los Poderes de la Unión y particulares acaten el ordenamiento jurídico”, manifestó Martes.

Y parafraseando al presidente, afirmó: “La ley es la ley y tiene que ser cumplida”.

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Hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación llegó Moisés Castro Pizaña, presidente de la ANADE; Claudia de Buen, presidenta de la Barra Mexicana; Arturo Pueblita Fernández, presidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México (INCAM), y José Mario de la Garza, consejero delegado para Litigio Estratégico de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), para presentar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el amicus curiae para sustentar la inconstitucionalidad del acuerdo.

El 22 de noviembre de 2021, el presidente de la República publicó el acuerdo con el que se declaró la realización de proyectos y obras del gobierno como asuntos de interés público y seguridad nacional.

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Fernando Martes recordó que el decreto instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a otorgar autorizaciones provisionales, así como agilizar dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos.

El abogado del sector empresarial advirtió que el acuerdo presidencial permite la realización de obras sin cumplir el régimen en materia de autorizaciones, contrataciones y licitaciones públicas, e incurre en violaciones legales y de principios consagrados en la Carta Magna, por lo que debe ser declarado inconstitucional.

“El presidente de la República se refiere al gobierno como un elefante reumático y puede ser que le asista la razón en el diagnóstico, pero estimamos que el camino no es a través de un decreto con irregularidades constitucionales”, dijo Martes.

Con el llamado “decretazo”, el Ejecutivo federal puede obviar los principales dictámenes, permisos y licencias federales necesarios para desarrollar obras y proyectos considerados como “prioritarios”, entre ellos el Tren Maya, el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, el Tren Interurbano México-Toluca y la modernización del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, declaró José Mario de la Garza Marroquín, presidente de Litigio Estratégico de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).

“El amicus curiae busca conocer cómo se ejecuta y se gasta nuestro dinero, y estos derechos humanos en el que todos podamos tener información, así como revisar y exigir revisión de cuentas para mandar una señal de que estamos unidos y en la defensa del Estado de Derecho”, aseveró De la Garza Marroquín.

Según los abogados de la ANADE y Coparmex, el decreto de López Obrador conlleva a la construcción y operación de aeropuertos, carreteras, ferrocarriles e infraestructura de hidrocarburos o eléctrica únicamente con autorizaciones provisionales, lo cual pone en entredicho bienes jurídicos de la mayor relevancia individual y colectiva. 

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“Además, evidencia que la vigencia de 12 meses de la autorización objeto del acuerdo y la correlativa obligación de tramitar los dictámenes, permisos y licencias en ese plazo a fin de obtener la autorización definitiva, no resuelven las problemáticas identificadas, pues durante esa temporalidad se ejecutarán –incluso irreparablemente– obras y proyectos sin las validaciones necesarias para asegurar su correcto desarrollo”, expusieron los promoventes.

Destacaron que no existe motivo alguno para exentar la obtención de dictámenes, permisos y licencias a ningún tipo de obra o proyectos –así sea de manera provisional–, puesto que ello implica eliminar mecanismos diseñados para la protección de determinados bienes jurídicos. Por ello, el acuerdo de López Obrador viola el principio de legalidad y también el principio de seguridad jurídica, toda vez que no delimita de manera clara y concisa cómo operaría esa exención.

De acuerdo con el amicus curiae, el “decretazo” presentado en noviembre de 2021 por el Ejecutivo federal, sobre el cual ya pesa una suspensión definitiva en materia de acceso a la información otorgada por el Juzgado Décimo Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, viola también los principios del federalismo y de supremacía constitucional. 

Además, consideraron que implica una violación multidimensional a los principios de división de Poderes, legalidad y jerarquía.

Los colegios de abogados y el sector empresarial destacaron que el Ejecutivo federal no tiene facultades para restringir derechos fundamentales ni para establecer exenciones a la tramitación necesaria previa de diversas autorizaciones y dictámenes cuando estas últimas estén determinadas en las leyes.

Por ello, es importante un análisis completo del caso e hicieron un llamado a la Corte para que escuche la voz de los ciudadanos y declare inconstitucional el acuerdo impugnado.

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