La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) multó por 22.4 millones de pesos (mdp) a lasa aerolíneas Aeroméxico, Interjet, JetBlue Airways, VivaAerobus y Volaris, por realizar cobros indebidos por la primera maleta documentada en vuelos desde la Ciudad de México a Estados Unidos y Canadá. La sanción se da un día después de que se publicaron las nuevas disposiciones con las que las aerolíneas estarán obligadas a indemnizar a los pasajeros cuando exista retraso en sus vuelos por causas atribuibles a las mismas empresas que ofrecen servicio de transporte aéreo. A través de un comunicado, la Profeco indicó que las aerolíneas sancionadas incurrieron en publicidad engañosa, actos discriminatorios, cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión y otras prácticas que violentan los derechos de los pasajeros. Los montos de las sanciones en cada caso son los siguientes:
  • Aeroméxico / 6.3 mdp
  • Interjet / 5.1 mdp
  • Volaris / 4.5 mdp
  • VivAerobus / 4.2 mdp
  • JetBlue Airways / 2.3 mdp
Lee: Aerolíneas, obligadas a indemnizar por demora en vuelos “Es importante destacar que las sanciones impuestas a estas empresas aéreas son derivadas de los Procedimientos por Infracciones a la Ley (PILs) iniciados por la Profeco en abril pasado”, dijo la Profeco en un comunicado. Además, indicó que mantiene abiertos sendos procesos en contra de United Airlines y American Airlines por esta misma infracción, los cuales se resolverán en los próximos días. “Todo acto de autoridad en nuestro país tiene el alcance de acudir ante el juicio de amparo o al juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y nosotros estaremos obteniendo, haciendo nuestra labor, sosteniendo la validez de nuestros actos al estar debidamente fundados y motivados”, dijo Rafael Ochoa Morales, Procurador Federal del Consumidor, en entrevista con Ciro Gómez Leyva. En abril de este año la Profeco inició tres procedimientos por infracciones a la ley contra Aeroméxico, Volaris e Interjet por incurrir el cobro de la primera maleta documentada en los vuelos hacia Estados Unidos y Canadá. El órgano consideró que dicho cobro viola el artículo 38 del reglamento de la Ley de Aviación Civil, el cual establece que los pasajeros tienen derecho a transportar equipaje de hasta 25 kilos sin costo alguno cuando viajen en aeronaves con capacidad para veinte pasajeros o más, y 15 kilos para las de menor capacidad. Después de que el pasado 19 de abril, la Cámara de Diputados aprobó una reforma para obligar a las aerolíneas a compensar a sus usuarios por la demora de su vuelo, la Cámara Nacional del Aerotransporte (Canaero) advirtió que obligarlas a compensar a sus pasajeros “afecta la rentabilidad e inclusive podría generar la falta de viabilidad financiera de las aerolíneas”. También puedes leer:
Compensar a usuarios por retrasos podría quebrarnos: aerolíneas

 

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