- Previo a la expedición del título de concesión, emisión de un estudio de impacto por parte del SGM.
- Consulta previa a las comunidades y pueblos indígenas, por la SE y el SGM, buscando su acuerdos y consentimiento.
- La SE informará al concesionario la presencia de grupos sociales vulnerables para la implementación de mecanismos de protección de derechos.
- Montos económicos mínimos y reglas que el concesionario deberá destinar al desarrollo humano y sustentable de las comunidades.
Propuesta de cambios en concesiones mineras
El 15 de noviembre de 2018, fue presentada ante la Cámara de Senadores una iniciativa de reforma a la Ley Minera en donde se proponen cambios en materia de impacto social.
Por Jorge Salazar Cebrián* y Jorge Ruiz**
El nuevo Gobierno Federal entre otras prioridades ha puesto énfasis en la conservación de los recursos naturales y obtener un mejor provecho por su explotación. En el caso de las concesiones mineras también ha sido un punto importante para la administración federal el que se privilegie la conservación de los ecosistemas, la ecología y el bienestar de las comunidades establecidas alrededor de las minas, buscando en su caso que dichos asentamientos sean resarcidos respecto del menoscabo ecológico y social derivado de la actividad minera. Al respecto, el 15 de noviembre de 2018, fue presentada ante la Cámara de Senadores una iniciativa de reforma a la Ley Minera en donde se proponen cambios en materia de impacto social en donde se desarrollan actividades de explotación minera.
Algunas de las adiciones son las siguientes:
A) Facultar a la Secretaría de Economía (SE) para declarar zonas inviables de explotación o en conflicto por impacto social negativo.
B) Facultar al Servicio Geológico Nacional (SGM) para realizar estudios de impacto social en áreas de explotación minera.
C) Disposiciones aplicables a cualquier concesión, asignación o zona que se incorpore a reservas mineras: