Hablar del sindicalismo o de los sindicatos en nuestro país normalmente no nos lleva a un resultado grato por diversas circunstancias, sobre todo por el desconocimiento que tiene la sociedad en general acerca de estos, y por la mala fama que también se han ganado a pulso por la gestión que hacen de los mismos diversos actores del mundo laboral. En México tenemos un alejamiento radical entre los sindicatos y los trabajadores, claro con sus debidas y honrosas excepciones, pero si consideramos que, del universo de contratación colectiva en nuestro país, solamente 17% es efectiva podemos entender el motivo por el cual los trabajadores mexicanos en su mayoría desconocen el propósito que tienen estas organizaciones, así como su naturaleza, para lo cual de una manera sencilla explicaremos su función. El antecedente histórico de los sindicatos los encontramos en los gremios medievales, que eran organizaciones de trabajadores que tenían el mismo oficio, y que creaban para regular de una manera rudimentaria entre otras cosas, el costo de los servicios que proporcionaban a los miembros de los poblados, siendo así que por ejemplo, los herreros o los carpinteros formarían su propio gremio, e incluso en ocasiones trabajarían en conjunto cuando se les encomendaban grandes proyectos, como podría ser la edificación de una catedral, donde el gremio de constructores tendrían una mayor participación, y es precisamente dentro de este gremio donde nacería la francmasonería. Será a mediados del siglo XIX, durante la etapa inicial del capitalismo industrial cuando los trabajadores cansados de las pésimas condiciones laborales y de las extenuantes jornadas de trabajo reactiven esa unión gremial, ahora con el propósito de exigir mejoras a las circunstancias en las que se desenvuelven las relaciones de trabajo, que si bien se encontraban en completa desventaja confrontando al patrón en lo individual, notaron que tenía mayor efectividad confrontarlo de manera colectiva, aunque no fue nada fácil, ya que al principio el asociarse de esta manera era considerado un delito, para con el tiempo entrar a una etapa de tolerancia, y para posteriormente llevar el derecho de constituir sindicatos a un plano de reconocimiento como Derecho Humano, siendo reconocido así por el artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su cuarto punto que a la letra dice; “Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses”, así como por ordenamientos como el Convenio número 87 de la Organización Internacional del Trabajo. Ahora bien, un punto importante por aclarar es que los sindicatos nacen de, por y para los trabajadores, y la voluntad de estos será lo que da legitimidad a estas organizaciones, en México para constituir una organización sindical es importante contar por lo menos con veinte trabajadores, pero al llegar a este punto es inminente preguntar; ¿Que es un sindicato? Pues un sindicato es una asociación de trabajadores que tiene por objeto el estudio, el mejoramiento y la defensa de sus propios intereses, así lo menciona la Ley Federal del Trabajo. ¿Cómo realiza estas actividades en favor de sus agremiados? Los sindicatos desarrollan una labor de estudio al preparar la información pertinente previa a una negociación colectiva, o antes de elaborar el pliego petitorio que acompaña a un emplazamiento a huelga, para ello deben de reunir y analizar datos relacionados al comportamiento económico que ha tenido la empresa, la industria a la que pertenece la empresa, su zona económica o incluso el comportamiento de la economía nacional, así como también el incremento al salario mínimo. Otro punto fundamental del objeto que tiene un sindicato es la búsqueda de mejora de las condiciones de los trabajadores, esto realizándolo mediante la negociación colectiva, para lo cual tendrá como medio de presión en caso de que se negara el patrón el derecho de huelga, que se traduce en la suspensión temporal de actividades realizada por una coalición de trabajadores. Esta negociación reflejará sus resultados en un contrato colectivo de trabajo en el cual se establecerán los mejoramientos a las condiciones laborales que tienen como piso de partida las ya consagradas en nuestras normas como lo son nuestra Constitución y la Ley Federal del Trabajo, esto quiere decir que, en consecuencia, lógica, las condiciones de los contratos colectivos de trabajo siempre deberán de ser mejores que las establecidas en la Ley. El tercer punto que persigue el objeto de todo sindicato radica en la defensa de los derechos de los trabajadores, tanto en lo individual como en lo colectivo, ya sea que representen y brinden asesoría a sus agremiados cuando están por recibir una sanción por parte del patrón, o ante un despido, así como también defenderse de manera colectiva cuando el patrón deje de cumplir las condiciones establecidas en los contratos colectivos que tienen el carácter de obligatorias. Además de estos tres puntos que hemos tocado como parte del objeto de las organizaciones sindicales, también se encuentra el implementar programas de bienestar social que ayuden a la economía de los trabajadores, como lo pueden ser convenios con escuelas, clínicas, centros vacacionales, o incluso como parte del mismo sindicato contar con estos servicios para sus agremiados, lo cual en la mayoría de ocasiones no está en el radar de estas organizaciones, pero derivado de la reforma a la Ley Federal del Trabajo de mayo de 2019 y de la facultad de los trabajadores de no pertenecer y no pagar cuotas a estas organizaciones, tendrán que reforzar para hacer atractivo a la vista de los trabajadores la pertenencia a un sindicato.   Contacto: Correo: [email protected] LinkedIn: valente-quintana Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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