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Estas son las 30 promesas de los negocios 2024

La senadora de la bancada de Morena, María Soledad Luévano, presentó una iniciativa para desaparecer el comercio ambulante, en la que establece que quienes vendan en el espacio público deberán registrarse en un padrón para contar con espacios formales, y de no hacerlo les retirarán su mercancía y los multarán.

La reforma es a la Ley del Fomento del Comercio Informal, la cual señala que el objeto es establecer un régimen de incorporación fiscal para regular y promover el comercio informal, incrementar la economía nacional aumentar el número de personas inscritas de manera legal dentro de actividades comerciales y propiciar los estímulos necesarios para facilitar la regulación de los comerciantes informarles del país.

Establece que la Secretaría de Economía deberá crear un padrón de Régimen de Incorporación Fiscal, en el que se inscriban todos los comerciantes del país; regularán el mercado de alquiler de carácter mercantil para permitir que los negocios que operan en la vía pública, pasen a ocupar espacios formales; crear programas de apoyo para todos aquellos comerciantes registrados en el padrón y este durará 5 años y no se podrá abrir nuevamente.

La iniciativa señala que el Poder Ejecutivo Federal podrá establecer un Régimen de Incorporación Fiscal para la regulación de los comerciantes que aún no estén inscritos; apoyar a los comerciantes con un subsidio de 25% de los impuestos tributarios que deben pagar por 5 años consecutivos, contados desde el momento en que comienza la regulación del comerciante.

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También, deberá proporcionar los recursos y programas necesarios para la correcta inscripción de los comerciantes; prohibir el comercio informal; establece las sanciones a aquellos comerciantes que no se encuentren inscritos en el padrón.

Menciona que la Comisión de Comercio Informal será la encargada de verificar que todos los comerciantes del país se encuentren inscritos en el padrón; también verificará que se imponga la multa correspondiente a aquel comerciante que no se encuentre inscrito en el padrón; además de que supervisará que los comerciantes cumplan con un horario fijo de al menos 56 horas semanales; es decir, de al menos 8 horas diarias.

Señala que las personas que decidan incorporarse al RIF deberán:

  • Comprometerse a tener un horario fijo de al menos 56 horas semanales.
  • Contarán con asesoría en todos los trámites necesarios para su inscripción dentro del RIF.
  • Gozarán de un subsidio de 25% del monto que deben pagar por 5 años consecutivos.
  • Tendrán un espacio con alquileres económicos para los comerciantes que se encuentren en la vía pública.
  • Podrán participar en programas de crecimiento para sus negocios.
  • Gozas de tarifas accesibles para otorgar a sus empleados seguro social en el IMSS.

Sobre las sanciones, señala que se le impondrá una multa de 500 a 100 cuotas de salió diario vigente a los comerciantes que no estén inscritos en este régimen fiscal.

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Establece que una vez que se detecte un negocio sin registro fiscal, recogerá toda la mercancía del negocio hasta que se realice su registro y paguen la multa correspondiente.

Mientras a los negocios que se encuentren dentro de la vía pública se le impondrá hasta el doble de multa y se les recogerá su mercancía inmediatamente hasta que no demuestren que ya se encuentran inscritos y comprueben que ya pagaron su sanción.

Y si no cumplen con las 56 horas semanales, perderán su derecho al subsidio de 25% de los impuestos que deben pagar.

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