Seguramente has escuchado hablar del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y que, conforme nos incorporamos a las actividades productivas, debemos cumplir con ciertas obligaciones tributarias, como pagar impuestos. 

Para ahondar sobre este tema, te comparto el ABC del Impuesto Sobre la Renta, también conocido por sus siglas como ISR. 

El ISR una obligación constitucional

Antes de explicarte los detalles del ISR, debo decirte que pagarlo es una obligación. Nuestra Constitución lo indica en su Artículo 31, fracción IV, donde señala que los mexicanos deben “contribuir para los gastos públicos de la Federación, de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que vivimos, de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”. 

Actualmente el marco jurídico que regula este impuesto es la Ley del Impuesto Sobre la Renta, publicada en 2013 en el Diario Oficial de la Federación, considerando que la última reforma que tiene fue publicada en 2022.

¿Qué es el ISR?

Este impuesto lo pagamos todas las personas físicas y morales, su aplicación se lleva a cabo en muchos países. El ISR se paga sobre todos los ingresos obtenidos por las personas residentes en México o en el extranjero, con establecimiento permanente en el país, que realicen una actividad económica por la cual obtienen ingresos.

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¿Para qué te sirve?

Como sociedad, tener una cultura contribufectotiva sólida (pagar los impuestos que nos corresponden en tiempo y forma) es muy importante. Gracias a ello las personas y las empresas contribuimos al desarrollo nacional. 

En este orden de ideas, a través del ISR, las mexicanas y los mexicanos contribuimos al gasto público; es una vía por la que la sociedad cuenta con servicios de seguridad, asistencia alimentaria, salud, educación y proyectos de infraestructura, por mencionar solo algunos. 

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En algunos casos puede ser un elemento para controlar la inflación y mantener la estabilidad económica.

Proporcionalidad y equidad

Es importante explicarte brevemente los conceptos de proporcionalidad y equidad a los que se refiere la Constitución. 

Aplicando estos conceptos al ISR, la equidad establece que todas las personas que perciban un ingreso deben pagar el impuesto, dándosele el mismo trato a los contribuyentes que se ubiquen en la misma hipótesis normativa de la ley. 

La proporcionalidad, por su parte, significa que el tributo debe pagarse atendiendo la capacidad económica de pago del contribuyente. Es decir, que quien perciba más ingresos pagará más impuesto y quien perciba menos ingreso, pagará menos.

Componentes del ISR

No se debe perder de vista que todos los impuestos cuentan con una serie de elementos. A continuación, te los menciono: 

Sujeto. En el caso del ISR, son sujetos de este impuesto las personas físicas y morales residentes en México o en el extranjero con establecimiento permanente en el país y que realicen una actividad económica por la cual se percibe un ingreso.

Objeto. Esto es lo que grava o por lo que se cobra el impuesto. En el caso que nos ocupa es por los ingresos que percibe una persona física o moral.

Base: Se refiere al cálculo que se realiza para determinar sobre qué monto es que se pagará el impuesto. Es decir, si bien grava ingresos, se debe considerar que, en la operación normal de cualquier actividad o negocio, se requieren realizar algunos gastos indispensables para su desarrollo. Así, la ley permite aplicar deducciones a ingresos que, por ejemplo, se obtengan por la venta de algún producto o servicio, se le restan los gastos que se generaran para realizar la actividad y el resultado sería la base gravable: Ingresos (-) gastos (=) base gravable.

Tasa. En México por el ISR tenemos diversas tasas que van en función del principio de proporcionalidad ya mencionado. Para las personas morales es del 30%, y en el caso de las personas físicas es mediante una tarifa progresiva con tasa que va desde el 1.92% hasta el 35%.

Periodicidad. Hace referencia a cada cuándo se debe pagar el impuesto. El ISR debe pagarse de forma anual. Las personas físicas deberán hacerlo en el abril inmediato posterior al cierre del ejercicio (periodo que abarca el año calendario del 1 de enero al 31 de diciembre, o de la fecha en que inician las operaciones al 31 de diciembre).

En el caso de las personas morales, el pago deberá efectuarse en el marzo inmediato posterior al cierre del ejercicio. 

Además, durante todo el año se realizan pagos provisionales, los cuales son a cuenta del impuesto anual. Se realizan el día 17 del mes inmediato posterior al que se percibe el ingreso; por ejemplo, si percibes un ingreso en enero, tendrás hasta el 17 de febrero inmediato posterior para realizar el pago de tu impuesto correspondiente.

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El incumplimiento genera sanciones

Ojo, el ejercicio de tus actividades productivas o la operación de tu negocio puede ponerse en riesgo en caso de incumplimiento. Como referimos, la cultura contributiva es responsabilidad de todos y el incumplimiento de las obligaciones fiscales genera severas sanciones y multas (cierre temporal de establecimientos, embargo de bienes, cancelación del Registro Federal de Contribuyentes, etcétera). Por ello debes asesorarte oportunamente para cumplirlas en tiempo y forma. 

*La Dra. Laura Grajeda Trejo es presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), integrante del Consejo Directivo del Comité de Integración Latino Europa-América #CILEA, especialista en impuestos y cuenta con un doctorado en Ciencias de lo Fiscal.

Se ha desempeñado como conferencista, articulista y participante activa de cumbres y congresos nacionales e internacionales en materia contable y de liderazgo. Asimismo, es socia de la firma RSM México Bogarín.

Facebook: Presidencia IMCP

Twitter: @ImcpPresidencia

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