Las televisoras están obligadas a permitir a los concesionarios de televisión restringida la retransmisión de su señal de manera gratuita. El Tribunal federal desistió un amparo de Grupo Televisa que pretendía exceptuar sus obligaciones en materia de Must Carry y Must Offer, es decir, el cobro por retransimisión de su señal, así lo informó en un comunicado el Consejo de la Judicatura Federal. En el decreto de la reforma de Telecom, en su artículo Octavo Transitorio, fracción I, se establece que las empresas que presten servicios de televisión están obligadas a permitir a los concesionarios de televisión restringida la retransmisión de su señal de manera gratuita, dentro de la misma zona de cobertura geográfica, en forma íntegra, simultánea, sin modificaciones, incluyendo la publicidad, dijo la dependencia. Asimismo, los concesionarios que presten servicios de televisión restringida están obligados a retransmitir la señal de televisión en las mismas condiciones que las empresas concesionadas. Durante el juicio,  Grupo Televisa pretendía que se le otorgara un amparo en contra de los Lineamientos que emitió el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que regulan las obligaciones impuestas.

 

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