El choque de dos trenes entre las estaciones Potrero y La Raza de la Línea 3 del Metro ocurrido el pasado 7 de enero, hecho en el que una joven perdió la vida, ocurrió por un corte de cables de forma dolosa y por conducción negligente, concluyó la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

El vocero de la Fiscalía, Ulises Lara López, emitió un mensaje público este viernes para dar a conocer los resultados de la investigación del choque en el Metro.

El funcionario dijo que fue producto de dos causas: la primera fue la quema y corte doloso de cables ubicados en dos registros de conexión que contienen cableado eléctrico de comunicaciones, señalización y pilotaje automático en la estación Potrero, en sus costados oriente y poniente.

La segunda causa fue “la conducción negligente del tren número 24 que no respetó las medidas de conducción en modo de seguridad que significan no rebasar los 35 kilómetros por hora, lo que asegura que ante cualquier eventualidad el conductor pueda responder y evitar accidentes, garantizando reacciones adecuadas con la distancia y tiempos suficientes en forma segura”.

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Según la relatoría de hechos de la Fiscalía, el viernes 6 de enero a las 20:00 horas se reportó al puesto de Control Central una falla en la señalización al interior del túnel, lo cual afectaba un conjunto de indicaciones que regulan el avance de los trenes.

A las 00:00 horas del sábado 7 de enero, el equipo de la Gerencia de Mantenimiento se presentó al cierre del servicio para hacer el diagnóstico y detectaron un enorme daño material causado por la quema deliberada de cables en uno de los registros ubicado en la zona oriente de la estación Potrero, por lo que determinaron que la normalización del servicio tomaría el tiempo equivalente a varios turnos de trabajo.

“Derivado de las averías en el sistema de señalización y con el fin de no interferir en la prestación del servicio, el Puesto Central de Control estableció, tomando como base los manuales técnicos de operación, la marcha de seguridad para la circulación de los trenes”, mencionó Lara.  

El también coordinador de asesores de la Fiscalía explicó que la marcha de seguridad señala que los operadores deben adoptar conducción manual restringida de los trenes, “lo que significa, entre otras cosas, que deben circular a una velocidad máxima de 15 kilómetros por hora en curva y 35 kilómetros por hora en recta, además de que no podrán cambiar a otro modo de conducción sin previa autorización del Puesto Central de Control”.

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A las 9:06 horas del sábado 7 de enero, el tren 24 impactó al 23 en un choque que dejó una joven sin vida y más de 106 lesionados. Agentes de la Policía de Investigación refirieron que personal técnico del Metro les comunicó que habían retirado la caja negra de uno de los trenes y la llevaron a una camioneta con logotipos del Metro afuera del paradero. La caja fue puesta en custodia por parte de la Policía de Investigación.

Luego del análisis de las cajas negras, se determinó que el tren 23 (el que recibió el impacto del tren 24) salió de la estación Potrero a las 9:02 y llegó al punto del choque a las 9:04 horas, ahí permaneció estacionado 2 minutos.

La caja del tren 24 indica que salió de la estación Potrero a las 9:05 horas en conducción manual restringida, rebasó el límite de velocidad y el sistema lo detuvo de inmediato. “Después registra un cambio a pilotaje automático, alcanzando una velocidad de 45 kilómetros por hora hasta el momento del impacto contra el tren 23”.

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“No existe evidencia de que el conductor realizara frenado de emergencia o alguna otra maniobra para detener el tren. Es de señalar que el conductor ya había hecho una vuelta de Indios Verdes a Universidad y conocía las condiciones en el tramo de Potrero-La Raza, esto es el establecimiento de la marcha de seguridad y la determinación de obedecer la señal de Despacho Bajo Orden (DBO), que le indica al conductor que no puede avanzar aunque tenga semáforo en verde hasta que no se autorice”.

El 8 de enero, al siguiente día del accidente, se detectaron fallas en la vía 2 del mismo tramo Potrero-La Raza y se descubrió que se debieron a un corte deliberado de cables en el registro de cableado eléctrico ubicado en el lado oriente de la estación.

Posible sabotaje

En conclusión: “se determinan como dolosos los actos realizados en los registros de conexiones de cableado eléctrico que mediante el uso de fuego y herramientas afectaron gravemente el suministro de energía, comunicaciones, señalización y pilotajes automáticos que pusieron en riesgo la operación de la Línea 3 del Metro en ambas vías en el tramo correspondiente entre las estaciones Indios Verdes-La Raza, por lo que se inició una carpeta de investigación por el delito de daño doloso a vías de comunicación en contra de quien resulte imputable”.

Lo anterior, precisó Lara López, “puede derivar en el delito de sabotaje, que se establece en el Código Penal bajo el que se rige esta ciudad y consiste en dañar, destruir o entorpecer las vías de comunicación y/o dañar o destruir instalaciones de servicios públicos, por lo que esta Fiscalía continuará investigando los hechos como daño doloso a sistemas de seguridad para encontrar a los responsables sean internos o externos a la institución (Metro)”.

Sobre el conductor del tren 24, el vocero de la Fiscalía dijo que “no se apegó a los lineamientos contenidos en sus manuales técnicos, excedió el límite de velocidad en conducción manual restringida y cambió a conducción de pilotaje automático cuando está prohibido en marcha de seguridad. No se comunicó en ningún momento al Puesto de Control para notificar el cambio de tipo de conducción y no realizó ninguna maniobra para detener el tren y evitar el hecho”.

Por estas razones, se procedió a la judicialización y cumplimentación de la orden de aprehensión por la posible comisión de los delitos de homicidio y lesiones, ambos culposos, en contra de Carlos Alfredo “N”, conductor del tren 24.

En torno al retiro de la caja negra de uno de los trenes, “se actualizó la posible comisión del delito de ejercicio ilegal del servicio público, por lo que se ha solicitado al juez de control se cite a audiencia inicial al probable responsable”.

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