El Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) plantea las implicaciones sociales, económicas e institucionales para el país en ocho de las 20 reformas planteadas por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO): la de pensiones, la de salario mínimo, la de educación y empleo, la que desaparece a los órganos autónomos, la del poder judicial, la político-electoral, y las referentes al agua y la energía eléctrica.

“Si bien la actual conformación del Congreso permite anticipar la baja probabilidad de aprobación de estas reformas en este periodo de sesiones, su presencia y discusión en la agenda pública y en la agenda legislativa provoca incertidumbre que afecta la estabilidad económica, política y social”, resalta el IMCO.

Agrega que las reformas de AMLO no solo son ambiciosas en su alcance, sino que, de llevarse a cabo, demandarían cambios institucionales profundos, incluida una reforma fiscal que permitiera financiar, especialmente, la modificación al sistema de pensiones.

Reforma en pensiones

El Ejecutivo envió al Congreso dos iniciativas que pretenden modificar dos artículos de la Constitución relacionados con el funcionamiento del sistema de pensiones:

Artículo 123. Establecería la obligación del Estado mexicano de garantizar que la pensión que reciban los trabajadores sea igual a su último salario base de cotización, hasta por un monto equivalente al salario promedio de los trabajadores afiliados al IMSS (16,777.68 pesos). Esto garantiza una tasa de reemplazo del 100% para los trabajadores cuyos salarios sean inferiores a este umbral.

Artículo 4. Reduciría de 68 a 65 años la edad a partir de la cual la población tiene derecho a exigir al Estado mexicano una pensión no contributiva, es decir, financiada con cargo al erario.

“En caso de ser aprobada, una reforma de esta naturaleza responsabilizará al Estado mexicano de un pasivo que se incrementará a medida que aumente la población de 65 años y más en el país, la cual se prevé que se duplique en los siguientes 26 años, de 11.4 millones en 2024 a 24.9 millones en 2050”, explica el think tank en su análisis. 

Además, ahora las pensiones ya representan un porcentaje importante del gasto del sector público federal (22%) “un incremento adicional limitaría aún más la capacidad del Estado para proveer bienes y servicios, en detrimento de distintos sectores de la población y de la competitividad del país”.

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Reforma al salario mínimo

La iniciativa de reforma constitucional en materia de salarios propone modificar un artículo de la Constitución:

Artículo 123 (Apartado A, fracción VI), que propone que la fijación anual de los salarios mínimos generales o profesionales nunca deberá estar por debajo de la tasa de inflación anual observada en el año.

Además, en la fracción IV del Apartado B se adiciona que, entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores, docentes de nivel básico de tiempo completo, policías, guardias nacionales, integrantes de la Fuerza Nacional permanente, médicos y enfermeros recibirán un salario mensual que no podrá estar debajo del salario promedio de los trabajadores registrados ante el IMSS.

En caso de ser aprobada, la reforma requerirá de una implementación balanceada, en la que los incrementos al salario mínimo tomen en cuenta -además de la inflación- factores como el crecimiento económico, la productividad, la evolución del salario medio y los costos de operación de los empleadores. 

“De lo contrario, pueden representar un incentivo para la informalidad o un obstáculo para el crecimiento y la generación de empleos, al ejercer presión sobre los costos enfrentados por los productores”, advierte el IMCO.

Reforma para garantizar la educación y el empleo

La iniciativa busca elevar a rango constitucional el Programa Jóvenes Construyendo el Futuro por lo que propone adicionar el siguiente párrafo:

Artículo 123. Estipulará que el Estado otorgue un apoyo económico mensual equivalente al menos a un salario mínimo a jóvenes entre 18 y 29 años que no trabajen ni estudien para que se capaciten por hasta 12 meses. 

La capacitación que ofrece el programa dura máximo un año, periodo en el cual los y las jóvenes reciben seguro médico a través del IMSS y una beca mensual de 7,572 pesos. Este monto se calcula con base en el salario mínimo, por lo que presenta un incremento real anual de 60% desde 2019. 

“Este cambio legislativo pondría una presión adicional en las finanzas públicas del país sin tener información sobre cuántos jóvenes que recibieron la capacitación han logrado incorporarse al mercado laboral formal”, señala.

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Desaparición de órganos autónomos

La propuesta presentada implica la modificación de trece artículos constitucionales (3, 6, 26, 27, 28, 41, 76, 78, 89, 105, 113, 116 y 123) para eliminar tres órganos constitucionales autónomos (INAI, Cofece, IFT), dos órganos reguladores coordinados (CRE, CNH) y dos organismos descentralizados que cuentan con autonomía (Mejoredu y Coneval).

“De materializarse la desaparición de los órganos autónomos, la arquitectura institucional estaría desequilibrada dada la concentración de las decisiones clave en el Poder Ejecutivo”.

Además, la transferencia de funciones de los organismos autónomos reguladores en materia de competencia y telecomunicaciones constituye una violación a las obligaciones pactadas en el marco del T-MEC.

Reforma al Poder Judicial

La reforma propone modificar:

Artículo 94. Sustituiría el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) por dos organismos: uno de administración judicial y un Tribunal de Disciplina Judicial. También cambia la conformación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de 11 a nueve integrantes y establece su funcionamiento únicamente en Pleno y ya no en Salas.

Artículo 96. Establecería que las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las y los magistrados de circuito, jueces de distrito, y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial sean elegidos de manera directa por la ciudadanía, a partir de listas conformadas por los Poderes de la Unión. Actualmente, los jueces son designados por el Consejo de la Judicatura Federal a partir de criterios objetivos, o propuestos por el poder Ejecutivo y ratificados por el Legislativo. 

“Estos dos cambios pondrían en riesgo la independencia del Poder Judicial  dado que la elección popular implicaría la politización de procesos que deben regirse por criterios técnicos y objetivos”, apunta.

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Reforma electoral

Entre las reformas planteadas se incluye modificar:

Artículo 35. Trasladaría facultades relacionadas por los derechos de la ciudadanía del Instituto Nacional Electoral (INE) al Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC).

Artículo 41. Propone el cambio del INE al INEC en todas sus funciones, así como determinar que los cargos de las y los comisionados del nuevo organismo electoral sean electos por elección directa a nivel nacional.

​​Además, postula la unificación de las autoridades electorales, es decir, que los órganos públicos locales (OPL) desaparezcan para que sus funciones las realice el INEC.

Los artículos 52, 54 y 56. Se propone reducir a 300 curules la Cámara de Diputados -eliminando así a los diputados plurinominales-, y a 64 escaños el Senado -eliminando así la primera minoría y los legisladores plurinominales-.

“Si bien la reforma que desaparece los OPL es coherente con los retos institucionales que enfrenta el INE en la organización de elecciones locales, los otros elementos de la reforma representan riesgos que no son triviales para la democracia del país”.

“Particularmente, la eliminación de los cargos plurinominales reafirma el poder del grupo dominante electoralmente, lo que deja a partidos con menos representación sin voz en el espectro político”.

Reformas en materia de energía y agua

Se propone modificar los siguientes artículos constitucionales en materia de energía y agua:

Artículo 4. Establecería que el agua para consumo humano tendrá preferencia sobre cualquier otro uso.

Artículo 25. Propone cambiar la naturaleza de las empresas productivas del Estado por la de empresas públicas, notablemente la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Artículo 27. Cancela las posibilidades de inversión privada en la transmisión y distribución eléctrica. Se agrega que las empresas privadas en ningún caso tendrán prevalencia sobre la empresa pública del Estado.

Se prohíbe el otorgamiento de concesiones de agua en zonas con baja disponibilidad de agua en cantidad y calidad salvo asignaciones destinadas a centros de población para garantizar el consumo personal y uso doméstico.

Artículo 28. Agrega el servicio de internet que provea el Estado al listado de áreas estratégicas, y se establece que los objetivos de la planeación y el control del sistema eléctrico nacional serán preservar la seguridad y autosuficiencia energética y proveer electricidad al menor precio posible, evitando el lucro, para garantizar la seguridad nacional y soberanía a través de la CFE.

“Las reformas enviarían un mensaje de incertidumbre jurídica que no solo se limitaría a las inversiones directamente afectadas, sino que se reflejaría en toda la economía nacional como un mensaje de que el Estado mexicano no tiene un compromiso creíble con el estado de derecho”, expresa el IMCO.

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