La iniciativa que construyen los senadores para regular el consumo de la marihuana contempla el cultivo de esta hierba, para lo cual las comunidades indígenas tendrán preferencia en permisos de hasta ocho hectáreas.

La propuesta que hasta el momento tienen los legisladores y que aún trabajan establece que se permitirá la adquisición de semilla o plántula, la siembra, el cultivo, la cosecha y preparación del cannabis.

Se menciona que el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis otorgará las licencias para el cultivo, por lo que la extensión autorizada a cielo abierto será de una hectárea por licenciatario, y bajo cubierta será hasta de 1,000 metros cuadrados. Además, ejidatarios y comunidades indígenas tendrán atención prioritaria en la entrega de estos permisos.

“En casos específicos, el Instituto podrá incrementar el número de licencias de una hectárea o 1,000 metros cuadrados según sea el caso, en particular tratándose de acciones afirmativas a favor de pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarios, ejidos y comunidades agrarias, comunidades en situación de marginación (…) deban tener una atención prioritaria, así como grupos de micro y pequeños agricultores”, indica la propuesta de dictamen.

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A ello se agrega que el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis podrá otorgar hasta ocho licencias de una hectárea, es decir ocho hectáreas en total, y dos licencias bajo cubierta por persona, es decir hasta 2,000 metros cuadrados.

“La licencia de cultivo determinará los términos de su expedición y el beneficiario tendrá la obligación de acatarlos, (en) caso contrario se le sancionará con multa de 150 hasta 3,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), la cual se duplicará en caso de reincidencia, previo apercibimiento de tal sanción”, de detalla.

La propuesta también menciona que el Instituto podrá negar la expedición de licencias adicionales o revocar las ya otorgadas previa opinión de la Comisión Federal de Competencia Económica, cuando pueda constituir limitaciones a la libre competencia o concurrencia.

Además, se prohíbe el empleo de niños y adolescentes en cualquier actividad relacionada con la siembra, cultivo, plantación, cosecha, comercio, producción, distribución, suministra, venta y consumo de cannabis. En caso de incumplirlo, la multa será de 100 hasta 3,00 veces el valor diario de la UMA, la cual se duplicará en caso de reincidencia.

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Otra legislación que se modifica para la regulación de la marihuana es el Código Penal Federal, cuyo artículo transitorio octavo establecería que al menos 40% de las licencias de cultivo deberán otorgarse preferentemente a pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarias, ejidos y comunidades agrarias, comunidades en situación de marginación.

También se establece que el Instituto, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán otorgar la asesoría, facilidades y acompañamientos a pueblos y comunidades indígenas, así como a grupos de micro y pequeños agricultores, con el objeto de facilitarles el acceso a la información y cumplimiento de requisitos necesarios para acceder a estos permisos.

Se espera que esta propuesta, que aún tendrá modificaciones, sea aprobada antes del 15 de diciembre, pues los grupos parlamentarios del Senado acordaron acelerar la discusión y votación.

“Este proyecto sigue contemplando desde la siembra hasta la comercialización”, dijo el senador Damián Zepeda, quien comentó que en esta semana podría quedar el proyecto final y hasta la otra se podría estar discutiendo y votando.

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