El asunto del vapeo es cosa del nuevo siglo, pero es una historia por demás interesante que nos lleva entre el 2011 y el 2014 cuando tuvo su clímax en California, y en ese punto, había muchos adictos a la heroína que empezaron a vapear y el mundo del vapeo los sacó de las drogas. Pero hoy el tema de los vapeadores es totalmente diferente: sin duda la incipiente masividad del humo blanco saliendo de las resistencias conectadas a pilas llamó la atención a las grandes tabacaleras y la cosa no volvió a ser igual.

Y así llegó 2016, año en que Juan José Cirion Lee, abogado por la Universidad Intercontinental, licenciado en Derecho, maestro en Derecho por la UNAM, doctorante por la misma casa de altos estudios y autor del libro ‘El Concepto de Reducción de Daños y los DDHH’, se topó con esto del humo blanco y su potencial como industria, y junto con un grupo de empresarios del vapeo decidieron hacer una asociación civil, llamada México y El Mundo Vapeando, “viendo la problemática que se estaba dando en Estados Unidos con la regulación del vapeo, quisimos prevenirnos, para que en cuanto empezaran los problemas en México ya hubiera una estructura”.

Por estos días, Cirion Lee y la asociación México y El Mundo Vapeando, “hemos presentado como 1,300 amparos en contra de todas las prohibiciones y además he participado en amparos colectivos donde se han metido más de 5,000 recursos en contra de las prohibiciones, especialmente en contra del reglamento a la Ley General para el control del tabaco”.

Cirion Lee explicó a Forbes México el nudo de la cuestión y que todo lo que hacen es en pos de una regulación para que de manera general, se puedan comercializar los productos de vapeo, pero “sucede que aquí hay un doble ejercicio de derechos, un problema enorme del mercado. Porque hay decretos presidenciales que dicen que está prohibida la comercialización. Hay decretos presidenciales que dicen además que está prohibida la importación y exportación, pero al mismo tiempo hay personas físicas y morales que tienen amparos que declaran inconstitucionales estos decretos. Como el amparo solo beneficia a quien lo promueve, quiere decir que tenemos un mercado donde hay personas que pueden comercializar legalmente y personas que no pueden comercializar legalmente”.

En este sentido, Cirion Lee dijo que “con los decretos está fluyendo todo al mercado negro, y ya conocemos la experiencia de Estados Unidos con el alcohol y nos ha enseñado que el mercado negro es el peor de todos los escenarios. Principalmente, porque no hay control en lo que se vende, no hay seguridad para el consumidor, y no hay información para que el gobierno sepa qué hacer. No se sabe cuánta gente usa, ni cuánta gente compra. Y lo peor, desde mi punto de vista, es no contar con recaudación fiscal, o sea, no hay dinero de impuestos de esto porque todo está en el mercado negro. Además con la situación de nuestro país, muchos grupos delincuenciales se están metiendo al negocio”.

“De acuerdo a las estadísticas, hay 2,100,000 usuarios en México”, comparte el letrado. “Todos estos usuarios están sin control de lo que consumen. Sobre esto escribí un libro con base en una beca de una asociación internacional que se llama Knowledge, Action & Change, que se llama ‘El Concepto de Reducción de Daños y los DDHH’, donde explico que el vaporizador es un dispositivo de reducción de daños, porque lo que evita es la combustión. De acuerdo a los estudios, estos dispositivos son cuanto menos, 20 veces menos dañinos que el cigarro convencional, teniendo la misma nicotina, entonces, ¿qué sucede? Que el daño que causa el cigarro, no está en la nicotina, la gran mayoría de la gente cree que lo que hace daño es de la nicotina, pero lo que hace daño es el alquitrán, o sea, el producto de la combustión. Quemar el tabaco es lo que causa más daño”.

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Reclaman regulación de la comercialización de vapeadores; hay 2,100,000 usuarios sin control de lo que consumen

En la misma línea, subrayó que “la nicotina es altamente adictiva, pero no es altamente dañina. Su daño es muy parecido al de la cafeína. Entonces estamos hablando que es un estimulante del sistema nervioso, pero no es muy dañino. Lo dañino del cigarro es el alquitrán, o sea, el producto de la combustión. ¿Qué sucede cuando quitamos de la ecuación la combustión?, que el daño es sustancialmente menor, no es un poco menor, es 20 veces menor. No hay alquitrán porque no hay combustión”.

El abogado Juan José Cirion Lee explicó a Forbes la actual situación de la comercialización de vaporizadores en México. Foto cortesía.

El abogado dio a conocer que el líquido de vapeo está conformado prácticamente por cuatro ingredientes, glicerina, propilenglicol, saborizantes artificiales y nicotina, “que en este caso es opcional, ya que hay algunos que no tienen”. Explica además que estos cuatro compuestos se han utilizado en la medicina desde hace mucho tiempo. “Los líquidos de vapeo se hacen con compuestos de grado farmacéutico y eso es lo que funciona. Sucede que hay pruebas de que estos son inocuos en el consumo humano, pero las pruebas de qué pasa si lo inhalo en vez de ingerirlo, son pruebas que están en camino, o sea, el pleito de cuánto daño hace el vaporizador tiene que ver con esas pruebas de sustancias que se han testeado con resultados de inocuidad de forma tomada, pero ahora como son inhaladas, hay que hacer algunas pruebas. De primer momento son sustancias que no son dañinas, y ahí es donde estamos en un mercado extraño, complicado, diría grisáceo. Si tú vas ahora a Seven Eleven, a Oxxo, a Sanborns, o a la farmacia Benavides, tienen vaporizadores legales, donde lo compras, pides tu factura y te la dan. Entonces, por qué decir que están prohibidos si están al alcance de todo el mundo. Ahí es donde radica el problema”.

Qué ha sucedido con respecto a la prohibición desde el año 2022: la Suprema Corte de Justicia, entra en una contradicción de tesis, (contradicción de tesis es que la primera sala y la segunda tienen criterios contrarios). Cuando esto sucede, se va al pleno para que entre todos los ministros tomen un criterio único, en ese momento se juntan todos los miembros y dicen cuál es el criterio que debe prevalecer. “A esto se le llama jurisprudencia por contradicción de tesis”, explicó Cirión Lee.

“En el caso del vapeo -destacó el letrado-, existe una jurisprudencia por contradicción de tesis que determina que la prohibición de venta es inconstitucional, y esto da por tierra el decreto de octubre del 2022. Entonces tenemos aquí un problema: si hay una jurisprudencia por contradicción de tesis, por qué no buscar una regulación de acuerdo a la jurisprudencia y así regular estos dispositivos para que haya un mercado homogéneo. Pero como no se regula entonces hay que irse al juicio de amparo, ganarlo y con eso poder vender legalmente”, como lo que pasa actualmente en Seven Eleven, Oxxo, Sanborns, o farmacia Benavides, entre otros.

Cirion Lee manifestó a Forbes que “La realidad es que tenemos una cuestión dispar entre los vendedores, los que son legales, que son empresas muy grandes, que también son legales, con base en amparos y los que siguen en el mercado negro en diferentes niveles, ya que unos que ponen tiendas que son más o menos serios, pero que están en la ilegalidad. Y otros que los venden en la calle, como todo lo que ofrecen en Polanco, por ejemplo. No se sabe de dónde salieron esos productos o si son originales, nada. La realidad es que, como los ingredientes que se utilizan son bastante nobles, no ha habido ningún fallecimiento en México a raíz del uso de vaporizadores y eso es lo que hemos documentado por solicitudes de información al Instituto de Enfermedades Respiratorias (INER), además del Instituto Nacional de Cardiología y al Instituto Nacional de Cancerología, a quienes por medio de solicitudes de información preguntamos cuántos casos de muertos tienen documentados a la fecha y la respuesta en todos los casos fue ‘ninguno’. Entonces, aún cuando tenemos un mercado irregular que puede ser peligroso, no ha habido consecuencias hasta la fecha, entonces desde la asociación estamos reclamando que se haga una regulación, para que el mercado sea homogéneo”.

En el mismo sentido, el abogado dijo que “pedimos que esta regulación tenga una cuestión de prohibiciones en proporción al daño que causa. No se puede equiparar al cigarro. El vaporizador no es una puerta de entrada, es una puerta de salida, o sea, es para que alguien que fuma y quiere dejar, y pasa a una alternativa que hace menos daño, e incluso luego tiene la posibilidad de vapear sin nicotina, poco a poco va saliendo de la adicción a la nicotina. Entonces se debe de regular como una alternativa menos dañina. Claramente se debe de prohibir a los menores, porque el vapeo es una tecnología diseñada para los adultos, y en tercer lugar, las cargas impositivas y las restricciones publicitarias no pueden ser igual que el cigarro, porque esto hace menos daño.

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“Entonces, ¿qué es lo que hay que hacer? Lo primero, es que la gente tenga información correcta, porque decir que el vapeo hace más daño que fumar, es una mentira, eso no sucede porque no hay combustión. También se ha dicho que tiene sustancias que están en los radiadores de los coches y que sirven para matar cucarachas, algo que es también es una mentira, porque esas sustancias que se dice que tienen esos efectos, están aprobadas por la propia Cofepris para el consumo humano. Por lo tanto, la razón es si alguien cambia de algo dañino a algo que le hace menos daño, hay un concepto de reducción de daños y eso está relacionado con los 3 derechos humanos fundamentales del ser humano: el libre desarrollo de la personalidad, o sea, yo tengo derecho a consumir lo que yo quiera, pero para que ese ejercicio lo pueda hacer, el gobierno me debe permitir comprar lo que yo quiero y si me lo prohíbe, está coartando mi derecho. No puedo elegir completamente, solamente puedo elegir entre las opciones que el propio gobierno me da.

“Lo segundo, el derecho a la salud, cuando hablamos del derecho a la salud, por algunas circunstancias siempre tenemos en la cabeza la noción de que es una obligación, pero no, yo no tengo obligación de estar saludable, eso lo decide cada uno: si yo creo que debo comer hamburguesas a diario, es mi problema. Si yo tengo cáncer, yo puedo elegir entre quimioterapia o puedo elegir herbolaria. Puedo elegir entre chochitos o puedo elegir quedarme en mi casa, y morirme sin tratamiento. Pero no me pueden imponer el tratamiento, entonces si yo quiero dejar de fumar, no me pueden imponer la forma en que yo debo dejar de fumar cuando la opción es: o la abstención o te mueres por fumar. Me están coartando todos mis derechos. Yo tengo derecho a elegir cómo dejo de fumar y si yo decido el vaporizador por la información que viene de Inglaterra de que es 95% menos dañino, pues entonces yo debo de poder ejecutar”.

Finalmente, el letrado detalló que “la información en el tercer derecho que tiene que ver con la reducción de daños. ¿Cómo voy a tomar una decisión si la propaganda me dice que lo que encuentro ahí es veneno para cucarachas? Por lo tanto, la información que se debe recibir es una información fidedigna que tenga razones por las cuales yo pueda llegar a las conclusiones. Si al final del camino y en un escenario que no es esto, fuera 10 veces más dañino que el cigarro, yo también podría elegir consumir con esa información. Yo me hago responsable de ello y lo elijo”.

Añadió que “todos los países que han implementado al vaporizador como parte de su estrategia para que la gente deje de fumar, han tenido tasas de abandono del tabaquismo que no habían pasado nunca en el mundo. Inglaterra en 5 años bajó 10 puntos la tasa de fumadores, mientras que Japón en 2 años bajó la tasa de fumadores en 10 puntos”.

Sobre qué ventaja tendría que la gente pudiera vapear en México, Cirion Lee dijo que “se van a enfermar menos, entonces a la larga va a haber una reducción de daños y una baja en el presupuesto de enfermedades relacionadas con el tabaquismo, porque esos van a dejar de enfermarse. Luego, va a haber captación de impuestos pues los podrán usar los que quieran”.

El vapeo está prohibido aproximadamente desde el año 2010, que fue la primera prohibición por parte de las autoridades en la que, haciendo una interpretación de la fracción sexta del artículo 16 de la Ley General para el control del tabaco, dijeron que había una prohibición. Sin embargo, Cirion Lee explicó que “este artículo no habla de una prohibición al vapeo, o sea, fue una interpretación totalmente sacada de la manga que la Suprema Corte de Justicia desde hace 10 años determinó inconstitucional. Ahí fue cuando empezó la prohibición. Primero aplicando esta mala interpretación de esta fracción en contra de las tiendas de vapeo y luego se emitió una circular a la aduana para que se prohibiera el ingreso de cualquier mercancía, cuando no había ninguna prohibición expresa. La primera prohibición expresa viene de un decreto presidencial, que salta la obligación que tienen los legisladores de hacer leyes. ¿Entonces qué ha pasado?, solo diferentes decretos presidenciales prohibiendo hasta que llegamos a que la Suprema Corte, que al final del camino es quien determina lo que es constitucional o no, determina que la prohibición es inconstitucional. Ahí es donde estamos parados en la actualidad”.

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