Llegó el mes para presentar tu declaración anual de impuestos como persona física. ¿Ya tienes todo listo? Si no es así y te quedan algunas dudas, te invitamos a ver la entrevista que le hicimos al contador Miguel Ángel Tavares Sánchez, presidente de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.

Echa un vistazo al video completo aquí, dura menos de 30 minutos: 

Si quieres ver alguna respuesta específica, a continuación te presentamos lo más destacado de esta charla: 

  • Datos duros acerca de la declaración anual de impuestos que pocos conocemos (minuto 1:00)
  • ¿Quiénes están obligados a presentar su declaración anual de impuestos? (minuto 5:24)
  • ¿Qué periodo se dispone para presentar tu declaración anual de impuestos? (minuto 7:18)
  • ¿Cuál es el paso a paso para presentar tu declaración anual de impuestos? (minuto 8:40)
  • ¿Qué hay del robo de devoluciones? (minuto 12:52)
  • ¿Qué hago si no tengo mi firma electrónica o mis datos actualizados? (minuto 14:20)
  • ¿Cuáles son las deducciones personales autorizadas en la declaración anual de impuestos?  (minuto 16:18)
  • ¿De qué factores depende que tenga una devolución de saldo a favor? (minuto 20:13)
  • ¿Me conviene más hacer mi declaración por mí mismo o contratar a un contador para ello? (minuto 22:17)
  • ¿Cuáles son las consecencias de una omisión en tu declaración anual? (minuto 24:32)
  • ¿Qué consejo darías a nuestos amigos y amigas de +Dinero para la presentación de su declaración anual de impuestos? (minuto 26:20)

¡Empecemos!

Forbes México: Menciona algunos datos duros acerca de la declaración anual de impuestos que pocos conocemos, por favor. 

Contador Miguel Ángel Tavares Sánchez (CCPM):

Hay datos muy interesantes como muchos sabrán, el Gobierno a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) emite un reporte de manera trimestral, en donde manifiesta cuáles son las estadísticas de recaudación, movimientos en el Padrón de Contribuyentes y fíjense ustedes hay datos bien interesantes.

El total en México al cierre de diciembre del año pasado, somos 61.7 millones de contribuyentes activos o con una obligación fiscal, tenemos cerca de 82 millones de contribuyentes que están activos pero sin ninguna actividad, eso es un dato interesante, por ejemplo tienes a tu abuelito, a tu tío que ya trabajó en algún momento pero que ya no tiene actividad, pero si tienes 61.7 millones de contribuyentes activos que están teniendo una actividad económica constante y recurrente, de esos el 96% son personas físicas.

De ese 96%, el 78% corresponde a asalariados, es el grupo de contribuyentes más numeroso que tiene el padrón de los mismos ante el Servicio de Administración Tributaria. No necesariamente todos esos 78% de los contribuyentes que representan 48.1 millones todos tienen que presentar declaración.

Otro dato interesante, es que ese grupo de personas físicas, ese 78%, el que el número uno aporta mayor recaudación en Impuesto Sobre la Renta (ISR) son las personas físicas con actividades profesionales y empresariales. Los asalariados son el número seis, entonces los asalariados somos lo más numersosos pero no los que más contribuímos. 

Es importante también decir que la recaudación para el Gobierno le cuesta muy “poquito” cuando se trata de asalariados o asimilados, porque bajo esta mecánica de recaudación de retención a través del patrón, pues se facilita las cosas em cierto sentido.

En general, otro dato interesante, es que al Gobierno de cada 100 pesos recaudados le cuesta 32 centavos, es un dato bien interesante y esto es el reflejo del aumento de la capacidad tecnológica que tiene la autoridad, y segundo, también la forma de fiscalización “persuasiva” que tiene hoy día la autoridad, en la actualida te llega una invitación y por supuesto que la atiendes, porque ya sabes que si no la atiendes la autoridad pudiera ejercer varios mecanismos de limitación operativa, por ejemplo, puede limitarte el sello digital para que puedas emitir comprobantes fiscales por ejemplo no, puede listarte como un contribuyente no localizado y eso también limita a tus clientes para no contratarte, entonces, creo que de cierta manera el SAT hoy día tiene herramientas de fiscalización muy eficientes y a bajo costo.   

Forbes México: 1. ¿Quiénes están obligados a presentar su declaración anual de impuestos?

Contador Miguel Ángel Tavares Sánchez (CCPM):

Las personas físicas en general que tengan ingresos por encima de los 400 mil pesos, aquellas personas que de forma particular tengan una actividad extraordinaria como te ganaste intereses, hoy día que los intereses están muy altos bueno ya tuviste más de 100 mil pesos también, ¿qué pasa cuando hay herencia? También se tiene que manifestar;  y algunos casos particulares.

En general, los obligados son los que tiene ingresos arriba de 400 mil pesos, no solo por una actividad vinculada como asalariado, sino también por otro tipo de actividades, puedes tener tu empleo pero también rentas un inmueble; puedes tener un empleo y también en tus ratos libres manejas un Uber; y por lo tanto se combinan todos estos ingresos y en suma, si exceden los 400 mil pesos ya podrías estar obligado.

Hay algunos casos de excepción también, cuando tienes dos o más patrones, tuviste una liquidación, y hay varios casos particulares, pero la regla general son los 400 mil pesos.

Del grupo de los no obligados

Ellos pueden decir yo tengo ingresos por debajo de los 400 mil pesos, pero desafortunadamente tuve una hospitalización o tuve el fallecimiento de un familiar y estos gastos que te permite la ley deducir de forma personal se pueden manifestar en esa declaración, de manera que aún y cuando no estés obligado, el incluir estos conceptos hace que puedas tener incluso hasta saldo a favor, el Gobierno lo reconoce.

Forbes México: 2. ¿Qué periodo se dispone para presentar tu declaración anual de impuestos? 

Contador Miguel Ángel Tavares Sánchez (CCPM):

De acuerdo con la ley, el plazo es el 30 de abril. Muchos que ya sabemos, sospechamos que tenemos saldo a favor estamos esperando, contanto las horas y los minutos para que llegue el 1º de abril, porque es cuando se abre el portal, se ingresa la declaración y en automático se genera en muchos casos saldo a favor, y hay que recordar que hay un programa muy eficiente por parte de las autoridades, donde saldos a favor por debajo de los 150 mil pesos pueden entrar en una mecánica de devolución automática. Por esa razón muchos esperamos con ansias el 1º de abril para ingresar mi declaración, generar el saldo a favor y me llegue abonado a mi cuenta. Este programa ya tiene muchos años y generalmente hacen devoluciones automáticas  entre 5 o 10 días.

Forbes México: 3. ¿Cuál es el paso a paso para presentar tu declaración anual de impuestos?

Contador Miguel Ángel Tavares Sánchez (CCPM):

Como ya anticipaba el espectro tecnológico y la capacidad que tiene hoy día la autoridad a través de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet conocidos como (CFDI) le permite tener una visibilidad muy amplia de las operaciones que tiene un contribuyente, hoy  día es muy fácil para la autoridad saber cuánto generó de ingresos un contribuyente y cuánto pagó por la adquisición de bienes o servicios.

La autoridad ya sabe una diferencia, lo que no sabe todavía y estamos próximos a alcanzar ese nivel de conocimiento, es en qué conceptos. Ustedes recordarán, que dentro de los cambios en los CFDI a partir de abril de este año, están incluyendo el código portal, ¿y eso porqué? Tiene una lógica, si tú tienes gastos y vives en Ciudad de México, ¿por qué tendrías gastos en un código postal en Colima?

Y esto está vinculado con una premisa muy básica, si tú tienes en tú teléfono la app del banco y quieres hacer una transferencia en tu ciudad de origen, lo haces sin problema; pero intenta hacer una transferencia fuera de tu localidad y automáticamente se detecta una alerta, ese tipo de alerta de geolocalización ya está en el plano de fiscalización por parte del SAT.

Esta de la inclusión del código portal refuerza esta visibilidad que tiene la autoridad, en consecuencia, si tú tienes esta información ya en manos del SAT, el SAT ya puede entregarte de manera electrónica una declaración prellenada.

Una vez que revisas si esa declaración manifiesta tus ingresos, tú sabes con quién trabajaste, quién te retuvo generalmente y cuáles fueron tus deducciones que ya están precargadas, lo único que tiene que hacer es clic y enviar.

Pasos a seguir:

Primero tengo que asegurarme que tengo acceso a mi expediente fiscal a través de mi contraseña, si no tengo mi contraseña puedo solicitarla en línea, el SAT ha dispuesto diversos canales de comunicación para poder actualizar, generar nuevamente mi contraseña y, bajo ciertos casos, se obtiene o se renueva una firma electrónica, que es un nivel más elevado de seguridad para autenticarse en el portal del SAT. Teniendo estás dos formas de autenticarse, entonces se obtiene el documento.

Paso tres, lo reviso, si estoy de acuerdo adelante; si no estoy de acuerdo o recuerdo que tengo comprobantes algún comprobante que probablemente el SAT no haya reconocido, ahí tengo posibilidad de ingresarlo.

Y, por último, si tengo un saldo a favor, lo que hago es ingresar datos de una cuenta bancaria a mi nombre; cuidado porque luego resulta que cambiamos de cuenta, cancelamos y cambiar la cuenta no es fácil. En esa cuenta caería mi devolución; en caso contrario, si me da un impuesto a cargo, entonces genera una línea de captura puedo hacer el pago a través del portal bancario o directamente en ventanilla.     

No te vayas sin ver: Evasiones fiscales para no pagar impuestos: lo que no se debe hacer

Forbes México: ¿Qué hay del robo de devoluciones?

Contador Miguel Ángel Tavares Sánchez (CCPM):

Sí y esto es justamente por la facilidad que tenía el contribuyente para poder ingresar estos datos, lamentablemente hubo abusos de distinta índole.

A veces confiamos demasiado en quien nos ayudó hacer las declaraciones y lo que hacia la persona que nos ayudaba (que incluso ni siquiera son contadores en muchos casos) y ellos ingresaban a la cuenta personal. Cuando decían “¿y mi devolución?” Respondían “Yo le aviso, no se preocupe” y al final se le decía que no había sido autorizada. 

Para cuando pedías una segunda opinión, te dabas cuenta que sí la autorizaron y que estaba abonada a la cuenta de la persona te hizo la declaración. Hay que recordar que el contador o quién nos ayuda es eso solamente, una ayuda, pero nosotros no podemos confiar a ciegas, datos tan sensibles como los de una devolución o una cuenta bancaria.     

Forbes México: 4. ¿Qué hago si no tengo mi firma electrónica o mis datos actualizados?

Contador Miguel Ángel Tavares Sánchez (CCPM):

Si no tienes actualizados tus datos, que hoy día ya es muy difícil, tienes generalmente cuatro vías de comunicación con el SAT, el más práctico es llamar vía telefónica, ahí recibiremos orientación. Segundo, a través del portal de la propia autoridad vienen secciones muy amigables para poder generar o renovar este tipo de contraseñas. Tercero, a través de hacer una cita, puedo ir a tocar a la oficina del SAT más cercana, si tengo cita me reciben, pero generalmente en estás épocas reciben sin cita, hay una fila que hay que esperar de más, no es lo recomendable pero está disponible. Por último, hay que recordar que desde hace ya un par de años, tenemos una aplicación por parte del SAT, ahí puedo obtener desde mi Constancia de Cumplimiento Fiscal que me solicitan para cualquier comprobante, hasta datos informativos relacionados con mi Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

No sobra decir que también en esta época el SAT establece unidades móviles en ciertos lugares para abrir todavía un poco más estos canales de comunicación.  

Forbes México: 5. ¿Cuáles son las deducciones personales autorizadas en la declaración anual de impuestos?      

Contador Miguel Ángel Tavares Sánchez (CCPM):

Hay que recordar que como persona física tenemos el derecho a disminuir de la base de impuestos deducciones de orden personal, de forma tal, que es una especie de retribución que hace el gobierno en términos económicos para mantener un nivel de vida, esto ya tiene muchísimos años.

¿Qué deducciones personales puedo tener? Por ejemplo, generalmente en México tenemos un alto nivel de financiamiento a vivienda, sí yo estoy pagando mi departamento o mi casa y el costo financiero (entiéndase intereses) de mi casa lo puedo deducir bajo ciertos límites; generalmente las instituciones financieras a esta fecha ya emitieron todas las constancias dónde me dice cuál es el interés que yo podría deducir. Normalmente cuando veo mi declaración, ya aparece. 

Otra deducción importante son los honorarios médicos con cédula y hay que recordar que también el psicólogo es deducible. Importantísimo todos estos pagos deben ser con tarjeta de crédito o transferencia o cheque.

Esa historia donde le pago en efectivo, el médico estará feliz pero tú no porque no lo vas a poder deducir; gastos hospitalarios sí lo puedes hacer también, si lamentablemente tuviste algún padecimiento que ameritó hospitalización esos gastos hospitalarios puedes deducirlos, al igual que las primas de seguros por gastos médicos mayores.

Si tienes hijos en preescolar, primaria, secundaria o preparatoria puedes deducir las colegiaturas, aunque hay un límite.

Forbes México: 6. ¿De qué factores depende que tenga una devolución de saldo a favor?

Contador Miguel Ángel Tavares Sánchez (CCPM):

Esencialmente de dos situaciones, la primera es presentar mi declaración en tiempo y forma, la forma en el sentido de qué yo esté cierto de que mis ingresos son los que efectivamente coincidirán  (hablando de personas asalariadas), que coincidan con las constancias que expidieron los patrones.

Ha llegado a ocurrir en donde el patrón por alguna circunstancia ajena no incontrolable duplicaron o timbraron dos veces una nómina, el SAT dispone de un periodo entre enero y febrero del siguiente año para poder hacer esas correcciones de CFDI pero muchas veces no se alcanza terminar, si por alguna circunstancia el patrón no corrigió estas circunstancias; mi constancia o mi declaración va a parecer con inconsistencias y eso podría ser un elemento para limitar o no generar un saldo a favor de manera fácil.

Entonces la forma es muy importante, también decía que si tienes deducciones personales tratar de señalar y ser muy claro de que no pretendas incluir una deducción que fue pagada en efectivo.

Lo que dice la regulación fiscal es que tiene que ser pagado en transferencia, cheque o tarjeta de crédito principalmente; si no lo hiciste en su momento, no lo vas a poder hacer después. El SAT lo detectará en automático y tu devolución podría no ser autorizada. 

Forbes México: 7. ¿Me conviene más hacer mi declaración por mí mismo o contratar a un contador para ello?

Contador Miguel Ángel Tavares Sánchez (CCPM):

Yo siempre les doy esta analogía: “Cuando te enfermas del estómago o un poco de gripa leve, si bien te va, vas con el médico de la farmacia de la esquina; pero cuando te vas operar los ojos, no vas con cualquier médico”. 

En materia fiscal y tomando en cuenta la evolución de las normas fiscales que han endurecido la sanciones, hoy en día el pago de impuestos ya no es una cuestión a la ligera, ya no es algo que dependa del criterio del contador y no podemos desligarnos de esa obligación. Por lo tanto, es muy recomendable acercarse con un contador que tenga experiencia desde luego para poder recibir orientación al respecto.

Hemos tenido casos que lamentablemente por un mal consejo se pierden parte de las devoluciones o se llegan a omitir ingresos, sobre todo cuando tienes ingresos combinados: “Fíjate que tengo a mi tío que vive en Estados Unidos y me manda mis remesas, ¿qué hago? O fíjate que vendí mi coche y me lo pagaron en efectivo y pienso que el SAT no me lo va detectar; o entregué mi coche a la agencia a cambio de uno nuevo y tampoco me lo va detectar”.

Hay veces que un mal consejo puede llevarnos a una sanción u omisión. Hoy día las consecuencias en ciertos casos sí pueden ser severas. Creo que, no porque sea complicado en el fondo, sino por cuidar mi integridad jurídica, fiscal por supuesto, es muy recomendable acercarse a un contador.

Forbes México: ¿Y cuáles son las consecencias de una omisión en tu declaración anual? 

Contador Miguel Ángel Tavares Sánchez (CCPM):

Esta es una reforma reciente tuvimos muchos cambios, entre 2018 y 2022 tuvimos algunas modificaciones al Código Fiscal y hay una que particularmente se puede leer “agresiva”, puess se señala que cuando un contribuyente le da efectos fiscales a un comprobante que respalda operaciones inexistentes puede alcanzar un delito de defraudación fiscal.

En ciertas condiciones esto podrá ya ser castigado, no es que usted disculpe y aquí está lo que pagué; esto ya puede ser cárcel, esto es reciente.

Hoy día los contadores, sobre todo los que dictaminan, tienen ya una premisa de sanción en caso de que no revelen el incumplimiento de obligaciones de los contribuyentes dictaminados, con esto creo que se ilustra que la postura de la autoridad está siendo más severa que en sexenios anteriores .

Forbes México: ¿Qué consejo darías a nuestos amigos y amigas de +Dinero para la presentación de su declaración anual de impuestos?

Contador Miguel Ángel Tavares Sánchez (CCPM):

Cada fin de año sabemos que tenemos que comprar el pavo y los romeritos, de eso no nos vamos a salvar. Hay que tener claro que en abril se van a cumplir estas obligaciones fiscales. Número uno, busca ayuda. Si no quieres eso, presente tu declaración, la plataforma es muy amigable sobre todo cuando estás con sueldos y salarios; ya viene precargada la información y, si llegas a tener dudas, hay que recordar que la propia autoridad a través del SAT te da facilidades, tiene asistencia para el cumplimiento de forma gratuita.

Asimismo, la Procuraduría de la Defensa al Contribuyente (PRODECON) también tiene asistencia gratuita para dar cumplimiento con estas obligaciones.

Te sugerimos leer: Declaración anual de impuestos: Prodecon ayudará a 70 mil contribuyentes en trámite

Desde luego, el Colegio de Contadores Públicos de México también cuenta con muchísimos colegas, cerca de 7,000 muy dispuestos a poder asistirles. 

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