La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ganó una demanda colectiva “histórica” en el país, en beneficio de los consumidores por cobros indebidos realizados desde 2012, por la entonces empresa Nextel y ahora fusionada por AT&T. Esta sentencia favorable, podrá beneficiar a los consumidores que de acuerdo con informes de la compañía telefónica y proporcionados al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), durante el año 2012, tenía en su registro de clientes (aproximadamente 3.5 millones de usuarios). La sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación exige a Nextel ahora AT&T a la reparación de daños a cada consumidor perjudicado durante los años 2012, 2013, 2014 y hasta la total conclusión del juicio colectivo. Nextel ahora AT&T deberán pagar el interés legal a razón del 9% anual, sobre las cantidades que se hayan generado y se continúen generando por concepto de cobros indebidos calculados a partir del día siguiente en que el consumidor realizó el pago, hasta la total conclusión del juicio colectivo, previa su liquidación en ejecución de sentencia. “Nextel ahora AT&T deberán cubrir una indemnización adicional a cada consumidor correspondiente al 20% de los cobros indebidos”, dice un comunicado de Profeco. Tras darse a conocer esta decisión, AT&T respondió que esta situación se da antes de su llegada al país, y que al tratarse de una resolución que “no es definitiva, no podemos hacer un pronunciamiento al respecto”. No obstante, aseguró que permanecerá pendiente de la evolución de este caso. “Desde la llegada de AT&T a México en 2015, ofrecer la mejor experiencia a los consumidores mexicanos ha sido un componente central de nuestra promesa de marca. Esta resolución del Tribunal Unitario en materia civil inició mucho antes de que AT&T entrara al mercado y es parte de un conjunto de acciones colectivas que fueron presentadas contra todas las compañías de telefonía móvil en México”, señaló el área de Comunicación de la empresa. La Profeco exhorta a los usuarios que fueron perjudicados para que se acerquen a la institución y hagan valer sus derechos como consumidores en un plazo máximo de un año. La resolución se considera “histórica”, en virtud de que desde la regulación del Libro Quinto del Código Federal de Procedimientos Civiles denominado “De las Acciones Colectivas”, ninguno de los legitimados para promover acciones colectivas (Profepa, Condusef, Cofece, PGR, Asociaciones Civiles y 30 personas con representante común), han logrado una sentencia favorable de carácter colectivo en favor de las personas a quienes representan. También puedes leer: Profeco trabaja en una Norma Mexicana para el e-commerce

 

Siguientes artículos

biva-especial
María Ariza deja la Amexcap para incorporarse la bolsa de valores BIVA
Por

María Ariza sustituirá en el cargo a Fernando Pérez como director de la Bolsa Institucional de Valores (BIVA).