Hoy, un paciente hospitalizado, por el sólo hecho de recibir sus medicamentos en un hospital, tiene que pagar el IVA. ¿Es justo esto para el paciente, para el contribuyente y para el sistema fiscal?         Por Rubén Guerra y Juan José Rivera, Socio y Gerente de Impuestos en PwC  México, respectivamente. [email protected]     A la fecha, las autoridades fiscales sostienen que los medicamentos suministrados a los pacientes hospitalizados están sujetos al Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la tasa general del 16%. Este asunto se ha llevado ante tribunales y se han pronunciado a favor y en contra. Algunas posiciones han argumentado que en el caso de que los medicamentos sean suministrados mediante la contratación de un paquete especial o integral de servicios hospitalarios se está ante una prestación de servicios y no ante una enajenación, por lo que debe pagarse el impuesto correspondiente. El criterio normativo* de las autoridades fiscales se fundamenta en la consideración de que la ley que regula ese gravamen señala que el impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% cuando se enajenen medicinas de patente, en tanto acorde con disposiciones contenidas en el Código Fiscal de la Federación; cuando con motivo de la prestación de un servicio se proporcionen bienes o se otorgue el uso o goce temporal al prestatario, se considerará como ingreso por el servicio o como valor de éste el importe total de la contraprestación a cargo del prestatario, siempre que sean bienes que normalmente se proporcionen o se conceda su uso o goce con el servicio de que se trate, por tanto, cuando se otorgan medicinas de patente como parte de los servicios durante la hospitalización del paciente, directa o vía la contratación de un paquete de atención especial, se encuentran gravados a la tasa del 16% del IVA. Recientemente se dio a conocer una sentencia emitida por parte del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, mediante la Revisión fiscal 27/2013 de fecha 11 de julio de 2013, intitulada “VALOR AGREGADO.  LA AUTORIDAD HACENDARIA NO TIENE DERECHO A EXIGIR Y PERCIBIR EL IMPUESTO RELATIVO POR LA VENTA Y SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS A PACIENTES HOSPITALIZADOS”. En dicho pronunciamiento se indica que de conformidad con la Ley del IVA (LIVA), dado que los medicamentos de patente se encuentran gravados con tasa cero, el contribuyente debe -de conformidad con el método previsto en la legislación mexicana- realizar el acreditamiento del importe de las medicinas, deduciendo del total de la cantidad que haya generado la referida contribución por la prestación del servicio y las demás que se carguen u otorguen a quien lo reciba, la tasa del impuesto que haya aplicado a los medicamentos de patente, a efecto de entregar al fisco la diferencia que corresponda.  Por tanto, la autoridad hacendaria no tiene derecho a exigir y percibir dicho tributo por la venta y suministro de medicamentos a pacientes hospitalizados, pues el legislador determinó gravarlos con una tasa del 0%. Considerando este nuevo precedente, sería conveniente que a través de alguna disposición reglamentaria o en la propia LIVA se aclare dicha situación ante la divergencia de criterios, a fin de otorgar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes con respecto a la correcta aplicación de las disposiciones fiscales en relación a este tema, ya que quien resulta afectado ante esta situación es el paciente hospitalizado, pues únicamente por recibir el suministro de medicamentos en un hospital tiene que pagar el IVA correspondiente a esas medicinas.     Cointacto: www.pwc.com/mx Facebook: PwCMexico Twitter: @PwC_Mexico Blog: pwc.mx Youtube: PwCMx       *Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.


*    Criterios de interpretación que las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria deberán seguir en cuanto a la aplicación de las disposiciones fiscales conforme a lo indicado en el artículo 35 del Código Fiscal de la Federación.

 

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