El amparo concedido a Mario Aburto, magnicida de Luis Donaldo Colosio, no implica una absolución, sino el cumplimiento de la pena ajustada al Código Penal de Baja California, afirmó el Instituto Federal de Defensoría Pública.

El organismo explicó en un comunicado que en abril de 2021 presentó una demanda de amparo directo contra la sentencia de diciembre de 1994, que condenó al michoacano a 45 años de cárcel por el delito de homicidio calificado. 

El Primer Tribunal Colegiado en materia penal del segundo circuito concedió el recurso promovido a favor de Aburto Martínez, por lo que ordenó dejar insubsistente la sentencia del entonces Tribunal Unitario de Segundo Circuito.

La nueva resolución, dictada el jueves, ordenó la emisión de una nueva sentencia con base en el Código Penal de la entidad, y no con el Código Penal Federal. 

Cuando ocurrió el asesinato del candidato presidencial del PRI, en Lomas Taurinas, el Código Penal de Baja California establecía hasta 30 años de prisión en el caso de homicidio, por lo que, de acuerdo con reportes de prensa, Mario Aburto concluiría ese castigo en marzo de 2024.

“El Código aplicable al caso era el local, que por el delito de homicidio por el que fue sentenciado Mario Aburto, al momento de los hechos, establecía una pena máxima de 30 años de prisión”, expuso el instituto en documento publicado el viernes.

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 El organismo citó parte de la nueva sentencia, en donde se indica que el Tribunal Unitario deberá verificar si como resultado de la traslación al Código Penal de Baja California, Mario Aburto puede obtener su libertad respecto de la causa penal que dio origen a este asunto.

“Cabe señalar que lo anterior, no implica una absolución sino, en su caso, el cumplimiento de la pena ajustada a la norma que determinó el Tribunal Colegiado como aplicable”, indicó el instituto.

Previó que en los próximos días se emita la nueva sentencia que deje en libertad a Mario Aburto, y considere compurgada la pena con base en la ley local aplicable.

Añadió que continúa abierta una investigación penal por la tortura de la que fue víctima Mario Aburto, cuya conducción debe estar a cargo de la fiscalía especializada en materia de tortura debido a otro juicio de amparo presentado.

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