El monto mensual de la pensión en este año será de 580 pesos, el cual se ajustará anualmente hasta igualar en términos reales, conforme a la disponibilidad de recursos y en un plazo no mayor a 15 años, el monto mensual de 1,092 pesos y se actualizará cada año conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.       Con 287 votos a favor, 167 en contra y 3 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados, aprobó en lo general el dictamen que expide la Ley de la Pensión Universal para garantizar una vejez digna a las personas adultas mayores y modifica la Ley del Seguro Social, a fin de incluir en la misma el seguro de desempleo, así como cuatro leyes más. En un comunicado, el Pleno informó que el monto mensual de la pensión en este año será de 580 pesos, el cual se ajustará anualmente hasta igualar en términos reales, conforme a la disponibilidad de recursos y en un plazo no mayor a 15 años, el monto mensual de 1,092 pesos y se actualizará cada año conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor. Los beneficiaros serán las personas que tengan 65 años de edad o más, que residan en territorio nacional y si son extranjeros, deberán haber residido por lo menos 25 años en territorio nacional, así como estar inscritos en el Registro Nacional de Población. También podrán ser beneficiados quienes no reciban una pensión mensual mayor al monto a que se refiere el artículo 8 de la Ley (1,092 pesos). Será el Instituto Mexicano del Seguro Social, la autoridad que acredite los requisitos de la persona que solicite el pago de la Pensión Universal. Para conservar el derecho a recibir el pago de la Pensión Universal, los beneficiarios deberán cumplir periódicamente, conforme a lo establecido en las disposiciones de carácter general, además de acreditar su supervivencia, atender los esquemas de prevención en materia de salud. El derecho para reclamar los pagos mensuales de la Pensión Universal prescribe en un año, contado a partir de la fecha en que sean exigibles los mismos. En caso de fallecimiento del beneficiario de la Pensión Universal, se otorgará a sus familiares un apoyo económico para gastos funerarios, equivalente a dos pagos mensuales de la Pensión Universal, como mínimo, en términos de lo dispuesto en el Reglamento.

 

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