Los matrimonios formados por personas del mismo sexo serán sujetos de afiliación al régimen ordinario del Seguro Social.     Luego de que a finales de enero la Suprema Corte de Justicia de la Nación asentara el derecho de los matrimonios de personas del mismo sexo a la afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), este lunes, el organismo de seguridad social señaló en un comunicado que dichas parejas serán sujetas de afiliación al régimen ordinario del Seguro Social. “Esta determinación es acorde con la interpretación realizada por la Suprema Corte a la Ley del Seguro Social, en el sentido de que aun cuando la ley hace diferencias en razón de género, debe entenderse que también protege a dichos matrimonios, lo cual respeta el principio pro persona, establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, señala en un comunicado el IMSS. En 2006, el Gobierno del Distrito Federal puso en marcha el proyecto de Ley de Sociedad de Convivencia que podía firmarse por personas del mismo sexo. Posteriormente, en 2009, se redefinió el concepto de matrimonio, así, en marzo de 2010 entró en vigor una serie de reformas al Código Civil del Distrito Federal y al Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, que permitieron la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo, para el cierre de 2013 se habían celebrado más de 700 bodas.

 

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