Pemex rechazó una recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para realizar una reparación integral colectiva a 265 personas afectadas por una explosión de gas en octubre de 2021.

La petición de la CNDH, emitida este mes y que incluye al ayuntamiento de Puebla, se dio luego de que comprobara que estas autoridades omitieron llevar a cabo acciones coordinadas para garantizar la vida, la seguridad e integridad personal, así como para proteger las viviendas y los bienes de las familias en la junta auxiliar de San Pablo Xochimehuacán, en la ciudad de Puebla, lo que conllevó a una explosión por toma clandestina de gas LP que afectó a 265 habitantes.

Lo requerido específicamente a Pemex es que proceda a la inmediata reparación integral del daño a 12 de las víctimas directas y a su primer círculo familiar, así como a 11 indirectas, familiares de cinco víctimas fallecidas. La reparación deberá incluir la medida de compensación.

Además, Pemex tendrá que otorgar a las 11 víctimas indirectas atención psicológica y tanatológica hasta que alcancen el más alto nivel posible de sanación psicológica y tanatológica. Asimismo, deberá brindar a las 12 víctimas directas el cuidado médico y psicológico que requieran, con su consentimiento previo, por el tiempo que resulte necesario e incluir el abastecimiento de medicamentos, en caso de necesitarlos.

Mientras que a los integrantes del ayuntamiento de Puebla, la CNDH les solicita entregar las viviendas reconstruidas, reubicadas y rehabilitadas de las víctimas.

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No obstante, Pemex hizo pública la negativa de aceptación de la recomendación bajo los siguientes argumentos:

  • La explosión del 31 de octubre de 2021, en el ducto de gas LP Cactus-Tula-Guadalajara, derivó de la acumulación del hidrocarburo, provocada por una toma clandestina por la sustracción ilícita, ello en perjuicio de Pemex y su subsidiaria Pemex Logística (PLOG).
  • PLOG ha actuado de manera diligente en todos su procesos operativos y administrativos, sin vulnerar los derechos humanos a la vida, la integridad personal, ni el derecho a una vivienda adecuada en agravio a las presuntas víctimas referidas en la recomendación.
  • Asimismo, ha mantenido coordinación con las autoridades de los estados y municipios de la franja por la que atraviesa su infraestructura, informando a las autoridades la presencia de asentamientos humanos/derecho de vía, para que en el ámbito de sus atribuciones y facultades actúen.
  • Por lo tanto, PLOG cumplió cabalmente con todas sus responsabilidades, mediante elementos que justifican su cumplimiento legal y normativo, en beneficio de la comunidad.

“Bajo estas consideraciones, Pemex y PLOG manifiestan su no aceptación a la recomendación 169/2023, lo que se hizo del conocimiento de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos”, indicó la empresa productiva del Estado.

En su informe, la CNDH indicó que le resulta claro que Pemex y PLOG, así como el ayuntamiento de Puebla, incurrieron en inobservancia, al no cumplir con sus obligaciones de prevenir riesgos futuros y cerciorarse de la existencia de condiciones de habitabilidad y seguridad física para las viviendas construidas sobre el sistema de ductos conductores de Gas Licuado de Petróleo y su derecho de vía.

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