En la pasada reunión extraordinaria del 22 de julio, el INE aprobó una serie de sanciones contra partidos y candidatos por diferentes violaciones a las normativas electorales vigentes, entre las que destacan el uso de redes sociales e influencers. Las multas más destacadas son las que se impusieron a Movimiento Ciudadano y al Partido Verde.

En el caso de Movimiento Ciudadano, se impuso una multa de casi 450 mil pesos a Samuel García, el virtual Gobernador de Nuevo León; y de 55 millones de pesos al partido, porque se consideró que los videos llamando al voto realizados por Mariana Rodríguez, esposa del entonces candidato, son contribuciones en especie de un particular.

¿Cuál es a lógica que siguió el Instituto? Que se consideró a Rodríguez Cantú como una empresa en sí misma; es decir, que ella vende servicios publicitarios a través de sus cuentas de redes sociales, ya que no las utiliza para hablar de su vida privada, sino para anunciar productos y servicios, ya que cobra a marcas por difundir mensajes a través de sus redes sociales. Y, por otra parte, el nombre “Mariana Rodríguez” es una marca registrada ante el IMPI.

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Por tanto, el INE consideró que los videos y publicaciones que ella realizó en favor de su esposo son contribuciones en especie y, por tanto, debieron declararse ante la autoridad como gastos de campaña.

En el proceso de 2018, Rodríguez Cantú fue señalada por las mismas razones, sin embargo, en ese momento, las sanciones no procedieron porque ella utilizaba sus cuentas en redes sociales para hablar de su vida personal y su nombre aun no era una marca registrada.

Por otra parte, el INE multó al Partido Verde con 40 millones de pesos y la suspensión de spots en radio y televisión durante un año por utilizar influencers para llamar al voto en su favor durante la veda electoral.

En este caso, el instituto consideró que el Partido gastó aproximadamente un millón de dólares al pagar a influencers para llamar al voto en su favor durante la veda electoral;  se consideró una acción orquestada ya que encontraron indicios de que hubo un guion, es decir, que todos dijeron lo mismo y que lo hicieron de manera coordinada.

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Y si bien resulta sano para el ejercicio democrático que se investigue y se sancione a quienes violen las leyes electorales, se debe tener en cuenta varias consideraciones.

En primer lugar, la normativa electoral no puede multar o castigar a los influencers porque no están considerados en sus prerrogativas; es más: el concepto mismo de influencer como líder de opinión digital, no está descrito en ninguna ley y por el momento, esto deja a las autoridades con cierta discrecionalidad para decidir quién se encuentra en tal categoría.

De hecho, durante la disertación, el representante del Partido Verde cuestionó a los consejeros citando que Ciro Murayama y Lorenzo Córdova mencionando que ellos mismos podrían ser influencers debido a que tienen decenas de miles de seguidores.

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La clave para definir a estas figuras de la comunicación se encontraría en que, sin importar la cantidad de seguidores o la influencia que puedan tener sobre sus seguidores (es casi imposible saber si generan votos, así como generan ventas de los productos que anuncian), se preste atención a la monetización que hacen de sus contenidos, ya que, si reciben ingresos o capitalizan sus cuentas o canales, entonces ya no pertenecerían a la mayoría de los usuarios de las redes sociodigitales y estarían en una categoría diferente.

El punto entonces es que las autoridades deben crear un concepto que defina a estas nuevas figuras de la comunicación y que evite tanto la discrecionalidad al emitir sanciones, como el uso y abuso de estas figuras por parte de actores y partidos políticos.

A todos nos conviene transparencia, equidad e igualdad en los procesos electorales; esa es una condición fundamental en las sociedades democráticas. Al ser las redes sociales un elemento fundamental en la construcción de la opinión pública, es importante que quienes participemos en ellas, encontremos un espacio de intercambio de ideas y posturas que abone a la definición misma de democracia.

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