Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospusieron para el jueves la votación sobre la prisión preventiva oficiosa, ello a petición del ministro Luis María Aguilar Morales, quien añadió que ese día también se decida si debe retirar el proyecto para reelaborarlo y votarlo posteriormente.

“Pido que no se tome la votación hoy mismo, que se tome la próxima sesión que será el jueves para que a su vez me permitan analizar y reflexionar para poder asumir o contradecir algunas de las reflexiones que se han sustentado aquí, y el próximo jueves me permitan hacer una exposición al respecto; inclusive, con el deseo si debo retirar el proyecto para reelaborarlo o votarlo y hacer un proyecto de engrose”, dijo el ministro.

El proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales establece que la prisión preventiva oficiosa es contraria de los derechos humanos y de la presunción de inocencia, e invalidaba el artículo 19 de la Constitución que contempla esta medida cautelar.

La mayoría de los ministros han rechazado el proyecto, pues argumentaron que a la SCJN no le toca modificar la Carta Magna, porque de eso se encarga el Poder Legislativo.

La ministra Ana Margarita Ríos Farjat enfatizó que a la SCJN no le corresponde inaplicar la Constitución, sino armonizar las normas secundarias con lo que la Carta Magna señala, por lo que dijo compartir las preocupaciones que hay sobre los “efectos perniciosos” del uso generalizado de la prisión preventiva oficiosa, pero no coincide con inaplicar el artículo 19 constitucional.

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“Nos corresponde interpretar de la manera más responsable y armoniosa ese pacto (la Constitución), no desbaratarlo. Considero muy respetuosamente que eso instauraría de facto un gobierno de jueces”, dijo la ministra.

El ministro Javier Laynez Potisek señaló que primero se debe realizar un análisis sobre si la Suprema Corte tiene la competencia de revisar la constitucionalidad de una norma constitucional.

Mientras, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz mencionó que el problema que enfrentaban no era si la SCJN tiene facultades para revisar la constitucionalidad de normas de la Constitución, “más bien nuestra función es integrar el parámetro de control constitucional vía interpretación a partir del principio pro persona”.

En tanto, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, señaló que no se trata de arrancar hojas de la Constitución ni inaplicar el articulo 19 de la Constitución, en donde se habla de la prisión preventiva oficiosa, pues esta norma no esta impugnada.

“Se ha dicho aquí no puedo inaplicar el articulo 19, con lo cual sí puedo inaplicar el primero. Escuché aquí ‘quién soy yo para arrancar páginas de la Constitución’. Quizás no para arrancar el articulo 19 pero ¿sí el 1 (que habla de que los mexicanos gozarán de sus derechos humanos)? No se trata de arrancar páginas de la Constitución ni siquiera de inaplicar una artículo de la Constitución, porque el artículo 19 no está impugnado”, dijo.

Enfatizó que la prisión preventiva oficiosa viola el principio de presunción de inocencia y que en un estado democrático la única razón que justifica esta medida cautelar es que hay riesgo de fuga o pueda afectar a la integridad de las víctimas o testigos, pero en ningún caso se puede usar como “un castigo anticipado” ni como estrategia de política criminal.

Ayer, el ministro Luis María Aguilar aclaró que su proyecto solo analiza la prisión preventiva oficiosa, por lo que no se estudia si la prisión preventiva es o no válida o necesaria; tampoco, dijo, se propone que desaparezca, sino plantea que esta medida cautelar únicamente pueda ser dictada por el juez siempre que el Ministerio Público lo justifique.

“En el proyecto se concluye que la prisión preventiva oficiosa contemplada en las normas impugnadas es contraria a los derechos humanos que integran el parámetro de validez mexicano (…) Cuando se comete un delito y el Ministerio Público tiene pruebas para sostener una acusación, podrá solicitar la prisión preventiva, pero para que se ordene es necesario un mínimo de motivación probada que justifique que el imputado puede darse a la fuga o ser un peligro para las víctimas o para la continuación del proceso”, explicó ayer.

Desde la semana pasada el gobierno federal había pedido a los ministros no aprobar este proyecto, pues dijo que este instrumento es fundamental para que los delincuentes cumplan con la justicia.

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