Por Steven Barker Francis* Para comenzar, debemos señalar que la materia de precios de transferencia tiene como fin analizar las transacciones que ocurren entre compañías que se consideran vinculadas, según la disposición de cada país. Este análisis se realiza por medio de un estudio técnico y tiene por objeto concluir si dichas operaciones se ejecutan dentro de los rangos de mercado que se construyen y establecen en el estudio técnico; o sea, si las transacciones entre relacionadas se realizan tal como lo hubieran hecho partes independientes, entre terceros sin relación alguna. Esto es lo que denominaríamos “valores de mercado”. Los precios de transferencia pueden tener varios objetivos en cuanto a su utilización. Para efectos de la Administración Tributaria de cada país, uno de ellos es, sin duda alguna, satisfacer los fines recaudatorios y, para los diferentes contribuyentes, llevar a cabo la tarea de cumplir fiscalmente con la normativa que establece cada uno de nuestros países, o bien, para aprovechar y obtener ciertas ventajas con una adecuada planificación fiscal. En cuanto a la Administración Tributaria de nuestros países en Centroamérica, es claro que el objetivo que se busca es impedir que empresas de un mismo grupo económico obtengan ventajas fiscales en operaciones que realicen entre ellas y, por lo tanto, que el impuesto sobre la renta se vea disminuido en razón de la aplicación de esas transacciones entre las firmas relacionadas. Por ejemplo, se puede mencionar el cobro de regalías o licencias de uso de la casa matriz a una de sus subsidiarias, o bien, el cobro de un servicio corporativo a las subsidiarias. Para la Administración Tributaria, todas las operaciones entre compañías vinculadas que incidan en los resultados y, por lo tanto, en las utilidades, deben encontrarse a valores de mercado, los cuales deben ser determinados de esa manera por un estudio técnico de precios de transferencia. Ahora bien, para los contribuyentes en primera instancia, y desde hace unos siete u ocho años, al menos en Centroamérica, los estudios técnicos de precios de transferencia son una obligación que se debe cumplir, por lo que las compañías los preparan para satisfacer un cumplimiento fiscal establecido en cada uno de sus países. Más aun, en Costa Rica, Guatemala, Honduras, Panamá y República Dominicana, la declaración informativa de precios de transferencia es ya una obligación formal que se debe presentar en un plazo establecido por cada una de las administraciones de los países mencionados. Si bien es cierto que las compañías deben cumplir con el deber formal de tener un estudio (y, en algunos países, una declaración informativa), adicionalmente, el verdadero valor que debería otorgarse a la preparación de los estudios técnicos de precios de transferencia es orientarlos hacia una planificación fiscal adecuada, donde las transacciones entre firmas vinculadas que, por la naturaleza misma de los negocios, deban efectuarse, se realicen considerando los rangos de precios o márgenes de utilidad de mercado y, a partir de ahí, generar operaciones buscando una adecuada eficiencia en el pago del impuesto sobre la renta o algún otro involucrado. Debería ser claro que la metodología de aplicación de los precios de transferencia abre una ventana para establecer ciertas estrategias de precio de bienes y, especialmente, de servicios que ocurren entre compañías relacionadas, lo que conlleva a ordenarlas y a que sean, en lo posible, lo más eficientes para evitar pagos en exceso del impuesto sobre la renta. Este año, 2017, será el comienzo para dar cumplimiento a la presentación de la declaración informativa de los periodos fiscales 2015 y 2016 en Costa Rica, por lo que se requiere (y se debe tener muy en cuenta) conocer las fechas de vencimiento para dicha declaración, para evitar sanciones por la falta de presentación en el plazo debido. *Steven Barker Francis es socio en TP Consulting Costa Rica   Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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