Una relación laboral formal es el reto para los trabajadores del hogar: activista
Esta arraigada tradición de evitar establecer una relación laboral con los trabajadores del hogar y sustituirla por una relación de confianza, no es el único factor que ha impedido garantizar sus derechos laborales.
Los derechos laborales de las trabajadoras y trabajadores del hogar en el país han sido sistemáticamente ignorados, en gran medida, porque transcurren en el marco de una “relación de amistad o ayuda” entre trabajadores y empleados.
Hasta hace unos días, la legislación mexicana en materia laboral reconoció los derechos de las personas que se dedican a estas actividades y con ello dichas relaciones laborales deberán transitar a un marco formal, advierte Marcelina Bautista, fundadora del Centro de Apoyo y Capacitación ara Empleadas del Hogar.
“Ambas partes tienen que entender que a partir de hoy es una relación laboral y no una relación de ayuda o de amistad, la amistad se queda aparte, la solidaridad es importante pero también es importante cumplir la ley porque se olvida que tenemos derechos laborales, por razones como que la trabajadora forma ‘parte de la familia` o la empleada tenga miedo de pedir su derecho porque la señora la trata muy bien o cosas así”, señala Bautista en entrevista con Forbes.
Esta arraigada tradición de evitar establecer una relación laboral con los trabajadores del hogar y sustituirla por una relación de confianza, no es el único factor que ha impedido garantizar sus derechos laborales, después de todo, recuerda Bautista, hasta el pasado 23 de abril se reconoció en la Ley Federal del Trabajo los derechos de estos empleados.
Hasta 2018 en México se contabilizaron a 2.3 millones de personas que se dedican al trabajo en el hogar, de los cuales nueve de cada diez eran mujeres, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
En tanto que una encuesta elaborada por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) en 2015 advirtió que más de 96% de los trabajadores del hogar labora sin un contrato escrito que especifique sus actividades.
Este marco de informalidad no sólo ha sido un caldo de cultivo para la negación de los derechos laborales más fundamentales, sino actos de discriminación e incluso maltrato.
“No se contaban con los derechos de las trabajadoras del hogar y este cambio propone un contrato de trabajo, aguinaldo, días de descanso, prohíbe que niñas trabajen, es muy importante.
El reto es que se empiece a cumplir y que las trabajadoras del hogar tengan todo el conocimiento para exigirlo y por parte de los empleadores empezar a informarse sobre cuales son sus obligaciones, obvio que las trabajadoras del hogar tienen que aprender con la ley cuales son sus derechos y obligaciones”, afirma la activista por los derechos de las trabajadoras del hogar de origen Mixteco.
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El dictamen aprobado en Cámara de Senadores, define a las personas trabajadoras del hogar como aquellas, que de manera remunerada realizan actividades de cuidados, aseso, asistencia o cualquier otra , inherente al hogar y en el marco de la relación laboral.
Las reformas a las Leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social aprobadas el 23 de abril, establecen que las trabajadoras del hogar deberán determinar una relación laboral a través de un contrato por escrito de acuerdo a la legislación nacional.
El contrato, que deberá registrarse ante la autoridad competente, incluirá como mínimo el nombre y apellidos del empleados y de la personas trabajadora del hogar, dirección del lugar de trabajo, fecha de inicio del contrato y el período especifico de duración.
El documento también debe especificar el tipo de labor que llevará a cabo el trabajador, la remuneración, las horas que conformaran su jornada laboral, los periodos de descanso diarios y las condiciones en las que se terminaría la relación de trabajo.
Se establece que los trabajadores del hogar deberán contar con vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, acceso obligatorio a la seguridad social, aguinaldo y otras prestaciones que se pacten entre las partes.
Además prohíbe la contratación de menores de 15 años y personas mayores a 15 años que no hayan concluido la educación secundaria.