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Es obligación del arrendador realizar todas las reparaciones necesarias para mantener el inmueble en las condiciones óptimas de habitabilidad y funcionalidad. Cualquier reparación que tenga que ver propiamente con el inmueble, como reparación de tuberías, instalaciones eléctricas o muros, corren a cuenta del dueño de la propiedad. “Sin embargo, cualquier otro arreglo que sea cuestión de decoración, es el inquilino quien deberá pagarlo, es decir, cambiar el color de la pintura, poner lámparas nuevas, el soporte para la televisión o cablear para el internet”, dijo Rocío Uribe Benítez, socia directora de Quality Inmobiliaria Uribe. También puedes leer: Así viviremos en 2030: en departamentos y permanentemente conectados El Código Civil Federal establece que el arrendatario está obligado a informar al dueño del inmueble de la necesidad de reparaciones, en caso de no hacerlo de forma oportuna, deberá pagar los daños que cause su omisión. El mismo Código establece, además, que el arrendatario debe hacer las reparaciones de aquellos desperfectos de poca importancia, que sean causados por las personas que habitan el inmueble. “Durante el proceso de cierre de una transacción de alquiler se debe minimizar el riesgo de ‘vicios ocultos’, ya que esto puede derivar reparaciones posteriores muy costosas”, destacó Leonardo González, analista de Real Estate de Propiedades.com. “Se deben analizar qué reparaciones se requiere, según un reporte pericial de la zona o tipo de inmuebles, sobre todo para zonas sísmicas o inmuebles con cierto grado de antigüedad”, agregó el experto. Si el arrendador se niega a hacer reparaciones Si hay una reparación urgente lo que generalmente pasa es que se debe poner por escrito y presentárselo al arrendador para que lo autorice, indicó Rocío Uribe. “Siempre es muy importante que el arrendador lo autorice primero, nunca se debe hacer una adecuación o un arreglo que no se haga por escrito, para que posteriormente no haya malos entendidos”, destacó Uribe. Si el dueño del inmueble no quiere hacer alguna reparación o deja pasar el tiempo sin realizarla, el inquilino puede solicitar que intervenga una instancia mediadora o incluso rescindir el contrato. Sobre esto, el Código Civil establece que, si el arrendador no cumple con hacer las reparaciones necesarias, quedará a elección del arrendatario rescindir el arrendamiento o acudir ante un juez para pedirle al arrendador que cumpla con su obligación. Las principales recomendaciones “El contrato debe establecer las cláusulas que aplican en caso de reparaciones posteriores al cierre”, señaló Leonardo González. En ese sentido, Rocío Uribe indicó que en el contrato se puede establecer que el inquilino tiene el primer mes para revisar que el inmueble se encuentra en perfectas condiciones y si hay algún desperfecto, sea el arrendador quien realice las reparaciones. “Y sobre todo que cuando haya algún tipo de arreglo se haga por escrito, nunca verbal, porque si no luego hay malos entendidos”, apuntó. Como arrendador, los presupuestos deben considerar entre 3 y 5% de los alquileres recaudados para servicios de mantenimiento y reparaciones, concluyó González.

 

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