En Latinoamérica existen graves problemas de corrupción, así como nexos de servidores públicos con organizaciones delictivas, por lo que deben existir filtros confiables para su reclutamiento. ¿Cuáles son sus tipos y alcances?   Durante la semana pasada tuve la oportunidad de participar como expositor en el Segundo Congreso Internacional de Control de Confianza, gracias a la invitación del Centro Nacional de Certificación y Acreditación del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de la Secretaría de Gobernación de México. En países como algunos de la región latinoamericana existen graves problemas de corrupción, así como nexos de servidores públicos con organizaciones delictivas, por lo que deben existir filtros confiables, tanto en los procesos de selección de aspirantes como en la evaluación para su permanencia en especial los que tienen una relación directa con ciudadanos en áreas de compras gubernamentales, otorgamientos de permisos, concesiones e integrantes de las instituciones de seguridad pública. En este sentido la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública de México  menciona en su artículo 108, entre otros supuestos, que: “Los Centros Nacional de Acreditación y Control de Confianza aplicarán las evaluaciones a que se refiere esta Ley, tanto en los procesos de selección de aspirantes, como en la evaluación para la permanencia, el desarrollo y la promoción de los Integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública…” Para tal efecto, se le otorgan diversas facultades, entre ellas una que considero central para la toma de decisiones que es : “Proponer los lineamientos para la aplicación de los exámenes médicos, toxicológicos, psicológicos, poligráficos, socioeconómicos y demás necesarios que se consideren de conformidad con la normatividad aplicable.” Una atribución importante entre las muchas que tiene el Centro Nacional de Certificación y Acreditación mencionada en el artículo 14 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública es: “Expedir las acreditaciones para los centros de evaluación y control de confianza de la Federación y entidades federativas, las cuales tendrán una vigencia de dos años, y en el caso de los privados su vigencia será de un año…”

Pero ¿qué busca detectar el evaluador tanto en los procesos de selección de aspirantes, como en la evaluación para su permanencia? Un ejemplo en este sentido lo encontramos en el portal de la Procuraduría General de la República de México, al definir cada uno de los exámenes aplicados de la siguiente forma:

“Evaluación Médica.- Tiene la finalidad de verificar el estado físico y de salud del evaluado. Los estudios que se aplican son: Examen médico general, análisis de sangre, radiografía de tórax, electrocardiograma, examen odontológico y de agudeza visual.

Evaluación Psicológica.- Se aplica para verificar características de personalidad como la estabilidad emocional, la capacidad de juicio, el proceso de pensamiento, el control y la regulación de impulsos, los factores y las consecuencias del consumo de drogas y alcohol, los recursos personales y las conductas psicopatológicas . Evaluación de Entorno Social y Situación Patrimonial.- Consta de una visita domiciliaria para verificar la congruencia de la información proporcionada por los evaluados, los antecedentes y su situación patrimonial, así como cotejar posteriormente la documentación proporcionada por el evaluado. Evaluación Poligráfica.- Se realiza mediante un instrumento denominado polígrafo, el cual a través de terminales, se conecta al evaluado y se utiliza para verificar la confiabilidad y honestidad de las personas. Los procesos individuales de las evaluaciones Médica, Toxicológica, Poligráfica, Psicológica y del Entorno Social y Situación Patrimonial se unen e interrelacionan mediante una metodología de valoración conjunta e integral de alta confiabilidad y transparencia que permite el seguimiento personalizado de todos los aspirantes y servidores públicos evaluados”. Como en todo proceso, existen importantes áreas de oportunidad en los métodos utilizados para la evaluación de control de confianza como el que dicho proceso se realice con pleno respeto a los derechos humanos, situación aprobada recientemente mediante dictamen por la Cámara de Diputados de México reformándose artículos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Policía Federal; También es importante revisar el diseño, alcance e interpretación de las pruebas poligráficas, tema en debate que merece un análisis específico mismo que desarrollaré en una futura colaboración; Asimismo es fundamental el ir a detalle en el desarrollo de técnicas preventivas  especializadas a fin de tener certeza sobre el origen y fuente tanto de los recursos como la riqueza declarada o no por aspirantes o funcionarios públicos en activo, entre otras. La especialización en las atribuciones otorgadas por mandato de ley a los centros de control y confianza resulta fundamental para el logro de resultados eficientes que de ser el caso tendrán un efecto muy positivo en el desarrollo del país, por lo que el Segundo Congreso Internacional de Control de Confianza realizado por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de México, es un gran paso adelante en ese sentido. Henry-Louis Mencken, periodista y escritor estadounidense dijo: “Confianza es el sentimiento de poder creer a una persona incluso cuando sabemos que mentiríamos en su lugar.” ¿Confía usted en los servidores públicos encargados de su seguridad, estimado lector? Contacto: www.garciagibson-consultores.com [email protected] @garciagibson *Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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