Tras la reforma a la Ley del mercado de valores, el vicepresidente de Supervisión Bursátil de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), Edson Munguía González, estimó que la primera emisora simplificada podría ver la luz a finales de 2024.

En marco al 12 Foro de Emisoras de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), el directivo comentó que esto no puede pasar hasta que ambas bolsas reformen sus reglamentos interiores para establecer cuáles van a ser los requisitos puntuales que van a tener que cumplir, dependiendo del tipo de empresa y el valor que emita.

“Lo vamos a ver cuando las bolsas tengan la Reforma en sus reglamentos… yo espero que sea dentro del primer semestre de 2024, porque ya están trabajando las disposiciones, pero si se complica la negociación ahí, pues las discusiones podrían tardar más”, indicó.

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En este sentido, el funcionario dijo que prevén emitir las disposiciones secundarias en el primer trimestre del próximo año, para que tanto la BMV como la Bolsa Institucional de Valores (Biva) hagan sus modificaciones en el segundo trimestre, por lo que la primera emisora simplificada podría verse a finales de 2024.

Y es que la nueva ley incorpora un nuevo procedimiento de inscripción simplificada de valores que permita a las empresas medianas y pequeñas participar en el mercado bursátil mediante la oferta pública de valores representativos de deuda o de capital, a fin de obtener el financiamiento.

La reforma establece que corresponderá a las casas de bolsa participar en la estructuración de las operaciones de las firmas que tengan la intención de convertirse en emisoras simplificadas, mediante la revisión de la documentación necesaria para acreditar que cumple con los requisitos.

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Sin embargo, en este esquema solo podrán participar nuevas emisoras por lo que descarta la participación de las empresas ya listadas, ya que se busca evitar que se creen incentivos que relajen las exigencias de gobierno corporativo de las grandes empresas.

También se propone facultar a las instituciones calificadoras de valores para adoptar las metodologías de evaluación a este tipo de instrumentos, de acuerdo con las Disposiciones de carácter general que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

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