Con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes, la Comisión Ambiental de la Megalópolis  informó que se activó la fase 1 de la contingencia ambiental por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, debido a que a las 14:00 horas del día de hoy, se registró una concentración máxima de ozono de 174 ppb en la estación UAM Xochimilco, ubicada en la Alcaldía Xochimilco en la Ciudad de México.

La comisión explicó que el sistema de alta presión que ayer se debilitó y que permitió la desactivación de la contingencia ambiental, se fortaleció en el transcurso del día de hoy, así como su estabilidad atmosférica asociada, la cual presentó intensidad fuerte a partir del mediodía, además de provocar temperaturas superiores a los 30°C  e intensa radiación solar sobre el Valle de México. 

Por tanto, estos elementos, junto con el viento débil y de dirección variable, propició el estancamiento de los contaminantes y la formación de ozono, alcanzando concentraciones de “Muy mala” calidad del aire.

Medidas y recomendaciones para la población

La Comisión recordó a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire, debido a que nos encontramos en la tercera onda de calor, por lo que las recomendaciones de salud son muy importantes para evitar exponerse a los picos de contaminación entre las 13:00 y 19:00 horas, en especial para los infantes, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con enfermedades respiratorias y cardiovasculares.

Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicio al aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas.

Suspender cualquier actividad al aire libre, organizada por instituciones públicas o privadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas.

Se recomienda posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.

Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.

También se recomienda

Facilitar y continuar el trabajo a distancia y realizar compras y trámites en línea para reducir viajes.

Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes.

Recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas; no cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.

Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.

Reducir el uso de combustibles en casa, acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.

Restricciones a la circulación en el Sector Transporte

Mañana domingo 26 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea  2, 4, 6, 8 y 0.

Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa  1 y 2.

Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.

Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.

Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00   horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.

Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará  la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.

Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.

Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.

Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.

Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.

Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.

Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.

Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).

Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.

Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

Las motocicletas están exentas de la Fase I

Restricciones de la industria federal y local

Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que tengan procesos que generen precursores de ozono, reducirán el 40% de sus emisiones de precursores de ozono, además deberán suspender las actividades de mantenimiento, limpieza y desengrase que generen emisiones fugitivas de COV.

La Refinería “Miguel Hidalgo” de Tula, Hidalgo, no operará a más del 75% de capacidad del total de proceso, disminuyendo la capacidad de combustión en calentadores a fuego directo y calderas en plantas de proceso y fuerza.

Reducción del 30% del consumo de combustóleo en la Central Termoeléctrica “Francisco Pérez Ríos” en Tula, Hidalgo.

Suspender las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.

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