¿Es un acierto que los concesionarios de telecomunicaciones colaboren con las autoridades en la geolocalización de equipos móviles de comunicación?     Las autoridades internacionales encargadas de conducir investigaciones sobre diversos delitos como los relacionados con secuestro, extorsión, delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, entre otros, cuentan con diversas técnicas para realizar su función de forma adecuada auxiliándose, entre otras, de herramientas tecnológicas y científicas que afortunadamente evolucionan de forma constante. Al hablar de fuentes de información, los particulares juegan un papel muy importante para que las autoridades de investigación de delitos en general, incluidos los de alto impacto, se hagan de información clave que resulta fundamental para poner a los delincuentes en prisión. Muchos son los ejemplos en que los ciudadanos aportan información en el trascurso de las investigaciones de los diversos delitos, tanto en lo individual como en el plano empresarial. Asimismo existe información que proporciona el sector privado que puede dar inicio a investigaciones. Dicha información puede ser proporcionada de forma voluntaria o a través de requerimientos de leyes y disposiciones, entre otras fuentes. En este sentido, estimado lector, con la reciente entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (Ley Telecom) se establece una colaboración entre los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados y las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia. Asimismo, un concepto relevante en el contenido de dicha Ley es el de la “Localización geográfica en tiempo real”, que se define de la siguiente forma: “Es la ubicación aproximada en el momento en que se procesa una búsqueda de un equipo terminal móvil asociado a una línea telefónica determinada.” Con base en lo anterior hablemos brevemente de parte del contenido de la Ley Telecom para entender su alcance y contenido a fin de elaborar nuestro propio juicio sobre si el contenido de su capítulo relativo a las obligaciones en materia de seguridad y justicia es suficiente, al menos en su contenido, para combatir delitos como el secuestro, extorsión, delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, entre otros de alto impacto. Algunas de las obligaciones que prevé la Ley Telecom para los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados, son las relativas a colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia, en la localización geográfica, en tiempo real, de los equipos de comunicación móvil. Es de resaltar que cualquier omisión o desacato a estas disposiciones será sancionada por la autoridad, en los términos de lo previsto por la legislación penal aplicable. Otra obligación para el concesionario es la de conservar un registro y control de comunicaciones que se realicen desde cualquier tipo de línea que utilice numeración propia o arrendada, bajo cualquier modalidad, que permitan identificar con precisión ciertos datos específicos. Para tales efectos, elconcesionario deberá conservar los datos mencionados durante los primeros 12 meses en sistemas que permitan su consulta y entrega en tiempo real a las autoridades competentes, a través de medios electrónicos. La Ley Telecom también menciona que los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados, están obligados a entregar la información dentro de un plazo máximo de 24 horas siguientes, contado a partir de la notificación, siempre y cuando no exista otra disposición expresa de autoridad competente, así como el contar con un área responsable disponible las 24 horas del día y los 365 días del año, para atender los requerimientos de información, localización geográfica e intervención de comunicaciones privadas a que se refiere la Ley Telecom aquí comentada. El tema aquí mencionado, sin duda resulta un gran acierto para combatir delitos como el secuestro, extorsión y operaciones con recursos de procedencia ilícita, entre otros. El éxito de este importante componente de la Ley Telecom dependerá de diversos factores, entre éstos que las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia se circunscriban a solicitar solamente la información trascendente fundada y motivada requerida para sus investigaciones, así como el que los concesionarios la proporcionen completa y en los tiempos establecidos por dicho ordenamiento sin demora. Johann Wolfgang von Goethe, poeta, novelista, dramaturgo y científico alemán, dijo: “El cobarde sólo amenaza cuando está a salvo.” ¿Qué opinas, estimado lector?     Contacto: Correo: [email protected] Página web: García Gibson Consultores, SC Twitter: @GarciaGibson     Las opiniones expresadas son sólo responsabilidad de sus autores y son completamente independientes de la postura y la línea editorial de Forbes México.

 

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