Por: Issac Ibarra Barajas*

La empresa, como persona moral, también debe de adaptarse a los cambios, particularmente con los retos que han surgido a raíz de la pandemia por Covid-19.

La resiliencia, conforme lo señala el Diccionario de la Real Academia Española, puede definirse como la capacidad de un material, mecanismo o sistema para recuperar su estado inicial cuando ha cesado la perturbación a la que había estado sometido.

La realidad radica en que no volveremos a una realidad como la teníamos concebida, sino que entraremos al panorama de la llamada “nueva realidad”, misma que debe ser observada por las empresas para comenzar con su readaptación.

Es por ello por lo que la estrategia fiscal es una herramienta necesaria para lograr la continuidad de las empresas. El papel del abogado fiscal y el contador, en estos tiempos, ha pasado de ser reaccionario a ser preventivo; una buena planeación puede ahorrar problemas severos que atentan contra la continuidad de la empresa, y cuidar de esta forma nuestra planta de producción nacional.

El mayor problema, sin lugar a duda, es representado por la falta de liquidez y la reducción de ingresos; esto, debido a que el ciclo económico está siendo seriamente afectado. Por ello, pueden proponerse cuatro soluciones a corto y mediano plazo:

En primer lugar, replantear y renovar las relaciones comerciales y laborales. Esto, debido a que la reducción en los ingresos obliga a reconsiderar, mediante la celebración de contratos y convenios con los acreedores de la persona moral, las fechas oportunas de pago y los montos a cubrir. Hacer una renegociación de las deudas y obligaciones puede ser el salvavidas de la empresa, ajustándose a las necesidades económicas de la misma.

Asimismo, con el afán de superar esta complicada situación y no disminuir la cantidad de empleos, y respetando los derechos laborales, es una buena opción la celebración de convenios de conflictos de orden económico con la planta laboral, para replantear momentáneamente el monto de salario que la empresa pueda cubrir.

En el entendido de que esta situación nos afecta a todos, cobra mayor relevancia la solidaridad empresarial. Podemos entenderla como la unión para evitar pérdidas y costos, y hacerse de más socios comerciales con la finalidad de cumplir con las metas económicas propuestas con base en los convenios. No significa necesariamente una fusión de empresas definitiva, ya que pueden reservarse aspectos delicados como la propiedad industrial, o el conocido knowhow, sino como un proceso de generación de sinergias que sigan un objetivo en común, apoyándose de otras empresas para lograrlo.

Por último, es necesario que las empresas, se hayan fusionado o no, estén al pendiente de la acreditación del Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado, ya que los saldos a favor pueden ser un gran aliado en materia fiscal para la superación de esta crisis y la subsistencia de la persona moral.

Contacto:

Director del despacho jurídico Ibarra Barajas

Facebook: @Ibarra Barajas

Instagram: ibarrabarajasabogados

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